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Servicios · Documento 04

Condiciones Generales de Servicios Tecnológicos

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Índice

  1. CONDICIONES GENERALES DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS
  2. 1. Identificación del prestador
  3. 2. Objeto
  4. CRM;
  5. ERP;
  6. VPS;
  7. 3. Ámbito subjetivo
  8. 4. Definiciones
  9. “CLIENTE”
  10. “Usuario”
  11. “Servicio”
  12. “Sistema”
  13. “Entregable”
  14. “Orden”
  15. “SOW”
  16. “Incidencia”
  17. “Solicitud de cambio”
  18. “Proveedor Tercero”
  19. “Datos del Cliente”
  20. “Credenciales”
  21. “SLA”
  22. “DPA”
  23. “Día hábil”
  24. 5. Documentación contractual
  25. SOW;
  26. DPA;
  27. 6. Prevalencia entre documentos
  28. Para alcance, entregables, precio y calendario
  29. Para protección de datos
  30. Para características de un servicio concreto
  31. Para niveles de servicio
  32. Para uso permitido
  33. Para cuestiones generales no reguladas específicamente
  34. 7. Incorporación de las Condiciones
  35. SOW;
  36. 8. Contratación electrónica
  37. 9. Representación y autoridad
  38. 10. Orden o SOW
  39. SLA;
  40. 11. Alcance del Servicio
  41. 12. Elementos fuera de alcance
  42. 13. Obligaciones de ACCIÓN DIGITAL
  43. 14. Obligaciones del CLIENTE
  44. 15. Cooperación del CLIENTE
  45. 16. Dependencias
  46. DNS;
  47. 17. Calendario y plazos
  48. 18. Solicitudes de cambio
  49. 19. Cambios menores
  50. 20. Aceptación de entregables
  51. 21. Corrección de no conformidades
  52. 22. Servicios de terceros
  53. DNS;
  54. 23. Sustitución de proveedores
  55. 24. Software open source
  56. 25. Mantenimiento
  57. 26. Ventanas de mantenimiento
  58. 27. Soporte y SLA
  59. 08 — SLA y Soporte.
  60. 28. Seguridad
  61. 09 — Seguridad y Responsabilidad Compartida.
  62. 29. Credenciales y acceso
  63. 30. Datos personales
  64. 15 — DPA.
  65. 31. Datos del CLIENTE
  66. 32. Legalidad de los datos y contenidos
  67. 33. Confidencialidad
  68. 34. Exclusiones de confidencialidad
  69. 35. Divulgación obligatoria
  70. 36. Duración de la confidencialidad
  71. 37. Propiedad intelectual
  72. 12 — Propiedad Intelectual.
  73. Propiedad previa
  74. Desarrollo específico
  75. Software de terceros
  76. Open source
  77. 38. Know-how y componentes reutilizables
  78. 39. Materiales del CLIENTE
  79. 40. Uso público de la marca del CLIENTE
  80. 41. Inteligencia artificial
  81. 06 — Condiciones de Inteligencia Artificial.
  82. 42. Uso aceptable
  83. 11 — Acceptable Use Policy.
  84. 43. Backups
  85. RPO;
  86. RTO;
  87. 10 — Backup y Recuperación.
  88. 44. Precios
  89. SOW;
  90. 45. Conceptos adicionales
  91. 46. Costes de terceros
  92. 47. Facturación
  93. 48. Impugnación de facturas
  94. 49. Mora
  95. 50. Suspensión por impago
  96. 51. Reactivación
  97. 52. Revisión de precios
  98. 53. Aumentos de proveedores
  99. 54. Duración
  100. 55. Renovación
  101. 56. Cancelación ordinaria
  102. 57. Terminación por incumplimiento
  103. 58. Terminación inmediata
  104. 59. Terminación por impago prolongado
  105. 60. Efectos de la terminación
  106. 61. Offboarding
  107. 17 — Offboarding.
  108. 62. Exportación de datos
  109. 63. Eliminación
  110. 64. Estándar de prestación
  111. 65. Ausencia de garantía de resultados comerciales
  112. 66. Ausencia de garantía de perfección tecnológica
  113. 67. Modificaciones realizadas por terceros o por el CLIENTE
  114. 68. Limitación general de responsabilidad
  115. 69. Excepciones al límite de responsabilidad
  116. 70. Daños indirectos
  117. 71. Datos y responsabilidad
  118. 10 — Backup y Recuperación.
  119. 72. Reclamaciones de terceros imputables al CLIENTE
  120. 73. Mitigación de daños
  121. 74. Fuerza mayor y circunstancias inevitables
  122. 75. Fallos de proveedores terceros
  123. 76. Subcontratación
  124. 77. Cesión contractual
  125. 78. Cumplimiento normativo
  126. 79. Servicios regulados o de alto riesgo
  127. 80. No asesoramiento profesional regulado
  128. 81. Beta y servicios experimentales
  129. 18 — Beta Terms.
  130. 82. Evidencias técnicas
  131. 83. Tickets e instrucciones
  132. 84. Comunicaciones
  133. 85. Seguridad de las instrucciones
  134. 86. Modificación de estas Condiciones
  135. 87. Modificaciones individualmente negociadas
  136. 88. Renuncia
  137. 89. Nulidad parcial
  138. 90. Integridad contractual
  139. 91. Independencia de las Partes
  140. 92. No exclusividad
  141. 93. Supervivencia
  142. 94. Legislación aplicable
  143. 95. Competencia judicial
  144. 96. Resolución amistosa previa
  145. 97. Idioma
  146. 98. Control de versiones
  147. 99. Contacto

CONDICIONES GENERALES DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS

Última actualización: 7 de agosto de 2026 Versión: 1.0

1. Identificación del prestador

Las presentes Condiciones Generales regulan la contratación de servicios proporcionados por:

ACCION DIGITAL LOCAL S.L. NIF: B75510008 Domicilio: Avinguda de les Glòries Catalanes, 62, Bloc B, Can Palet, 08223 Terrassa, Barcelona, España Correo electrónico: info@acciondigital.es Sitio web: acciondigital.es

En adelante, “ACCIÓN DIGITAL”.

La persona física o jurídica que contrata uno o varios servicios será denominada en adelante el “CLIENTE”.

ACCIÓN DIGITAL y el CLIENTE podrán ser denominados conjuntamente las “Partes”.

2. Objeto

Estas Condiciones Generales establecen el marco contractual común aplicable a los servicios profesionales, digitales y tecnológicos proporcionados por ACCIÓN DIGITAL.

Dependiendo de la contratación, los servicios pueden incluir:

  • consultoría tecnológica;
  • análisis de procesos;
  • diseño de sistemas;
  • desarrollo;
  • configuración;
  • integración;
  • automatización;
  • inteligencia artificial;
  • agentes de inteligencia artificial;
  • asistentes digitales;
  • APIs;
  • webhooks;

CRM;

ERP;

  • herramientas empresariales;
  • sitios web;
  • software;
  • alojamiento;
  • servidores;

VPS;

  • infraestructura cloud;
  • mantenimiento;
  • soporte;
  • monitorización;
  • backups;
  • recuperación;
  • migraciones;
  • seguridad;
  • gestión técnica;
  • marketing digital;
  • publicidad;
  • servicios digitales relacionados;
  • otros servicios expresamente incluidos en una Orden o SOW.

La mera capacidad técnica de ACCIÓN DIGITAL para realizar una determinada actuación no implica que dicha actuación forme parte del servicio contratado.

3. Ámbito subjetivo

Salvo indicación expresa en contrario, los servicios regulados por estas Condiciones Generales están diseñados principalmente para:

  • empresas;
  • sociedades;
  • autónomos;
  • profesionales;
  • asociaciones;
  • organizaciones;
  • administraciones cuando resulte aplicable;
  • otras entidades que actúen dentro de su actividad empresarial o profesional.

Cuando una persona contrate actuando legalmente como consumidor o usuario, las disposiciones imperativas de protección de consumidores prevalecerán sobre cualquier cláusula incompatible de estas Condiciones.

ACCIÓN DIGITAL podrá establecer condiciones específicas para servicios destinados a consumidores.

4. Definiciones

A los efectos del Contrato:

“CLIENTE”

La persona física o jurídica que contrata los Servicios.

“Usuario”

Persona autorizada por el CLIENTE para utilizar un Servicio.

“Servicio”

Cualquier prestación contratada a ACCIÓN DIGITAL.

“Sistema”

Conjunto de software, infraestructura, configuraciones, integraciones, automatizaciones y demás componentes utilizados para proporcionar una funcionalidad.

“Entregable”

Resultado concreto que ACCIÓN DIGITAL se haya comprometido expresamente a entregar.

“Orden”

Documento, propuesta, pedido, presupuesto aceptado u Order Form que identifica un Servicio contratado.

“SOW”

Statement of Work o documento de alcance que describe un proyecto, entregables, responsabilidades, requisitos, precio, calendario y otras condiciones particulares.

“Incidencia”

Comportamiento de un Servicio que se desvía de forma material de las especificaciones contractualmente acordadas.

“Solicitud de cambio”

Petición para modificar un Servicio, alcance, integración, entregable, funcionalidad o configuración previamente acordada.

“Proveedor Tercero”

Entidad distinta de ACCIÓN DIGITAL y del CLIENTE que proporciona software, infraestructura, APIs, modelos, servicios cloud u otros componentes.

“Datos del Cliente”

Información, archivos, bases de datos, documentos, contenidos y demás datos proporcionados por el CLIENTE o tratados por cuenta del CLIENTE.

“Credenciales”

Contraseñas, tokens, API keys, certificados, claves privadas, códigos de recuperación y demás mecanismos de autenticación o autorización.

“SLA”

Acuerdo de nivel de servicio aplicable a determinados Servicios cuando haya sido expresamente contratado.

“DPA”

Acuerdo de Encargo de Tratamiento de Datos aplicable cuando ACCIÓN DIGITAL trate datos personales por cuenta del CLIENTE.

“Día hábil”

De lunes a viernes, excluyendo festivos aplicables en el centro de operaciones de ACCIÓN DIGITAL, salvo definición distinta en la Orden correspondiente.

5. Documentación contractual

La relación contractual podrá estar formada por uno o varios de los siguientes documentos:

  • Orden / Order Form;

SOW;

  • modificaciones expresamente aceptadas por ambas Partes;

DPA;

  • Condiciones de Sistemas y Automatización;
  • Condiciones de Inteligencia Artificial;
  • Condiciones de Hosting y VPS;
  • SLA y Condiciones de Soporte;
  • Política de Seguridad y Responsabilidad Compartida;
  • Política de Backup y Recuperación;
  • Política de Uso Aceptable;
  • Condiciones de Propiedad Intelectual;
  • condiciones de Offboarding;
  • Beta Terms;
  • estas Condiciones Generales;
  • otra documentación expresamente incorporada al Contrato.

No toda política disponible públicamente en el sitio web se considerará automáticamente incorporada a un contrato.

Deberá existir una referencia suficiente que permita identificar los documentos aplicables a la contratación correspondiente.

6. Prevalencia entre documentos

Si existiera una contradicción real entre documentos contractuales, deberá interpretarse atendiendo primero a la materia específicamente regulada.

Como criterio general:

Para alcance, entregables, precio y calendario

Prevalecerá la Orden o SOW correspondiente.

Para protección de datos

Prevalecerá el DPA respecto de aquellas materias que regule específicamente.

Para características de un servicio concreto

Prevalecerán sus Condiciones Específicas.

Para niveles de servicio

Prevalecerá el SLA contratado.

Para uso permitido

Se aplicará la Política de Uso Aceptable.

Para cuestiones generales no reguladas específicamente

Se aplicarán estas Condiciones Generales.

Una modificación posterior expresamente aceptada por ambas Partes prevalecerá sobre una disposición anterior respecto del elemento modificado.

7. Incorporación de las Condiciones

Estas Condiciones formarán parte de una contratación cuando el CLIENTE tenga la posibilidad efectiva de conocerlas antes de contratar y acepte su incorporación mediante un mecanismo válido.

La aceptación podrá producirse, entre otros mecanismos, mediante:

  • firma manuscrita;
  • firma electrónica;
  • aceptación de una propuesta que las incorpore;
  • Order Form;

SOW;

  • checkbox específico;
  • proceso electrónico de contratación;
  • aceptación documental equivalente.

ACCIÓN DIGITAL podrá conservar evidencia de:

  • versión aceptada;
  • fecha;
  • documento;
  • usuario;
  • dirección electrónica;
  • identificador de transacción;
  • registro técnico;
  • firma;
  • otros elementos razonablemente necesarios para acreditar la aceptación.

8. Contratación electrónica

Los contratos podrán formalizarse por medios electrónicos.

Cuando se utilice contratación electrónica, ACCIÓN DIGITAL podrá conservar electrónicamente:

  • propuesta;
  • condiciones;
  • aceptación;
  • fecha;
  • versión contractual;
  • comunicaciones;
  • facturas;
  • autorizaciones;
  • logs relacionados con el proceso.

El soporte electrónico podrá utilizarse como evidencia de las obligaciones y actuaciones realizadas entre las Partes conforme a la legislación aplicable.

9. Representación y autoridad

La persona que acepte una Orden o contrato en nombre de una organización declara disponer de facultades suficientes para vincularla.

El CLIENTE deberá identificar, cuando resulte necesario:

  • responsable contractual;
  • responsable de proyecto;
  • responsable técnico;
  • personas autorizadas para aprobar cambios;
  • personas autorizadas para solicitar actuaciones críticas.

ACCIÓN DIGITAL podrá rechazar o verificar adicionalmente una instrucción cuando existan motivos razonables para considerar que:

  • el remitente no está autorizado;
  • la cuenta puede estar comprometida;
  • existe riesgo de fraude;
  • la instrucción resulta anómala;
  • puede producir consecuencias críticas o irreversibles.

Esta verificación adicional no constituirá incumplimiento cuando resulte razonablemente necesaria por motivos de seguridad.

10. Orden o SOW

Cada Servicio podrá concretarse mediante una Orden o SOW.

El documento debería identificar, cuando resulte relevante:

  • Servicio;
  • objetivo;
  • alcance;
  • entregables;
  • funcionalidades;
  • infraestructura;
  • dependencias;
  • requisitos;
  • exclusiones;
  • responsables;
  • calendario;
  • hitos;
  • precio;
  • modalidad de facturación;
  • costes variables;
  • licencias;
  • soporte;

SLA;

  • backups;
  • condiciones de aceptación;
  • nivel de autonomía;
  • tratamiento de datos;
  • propiedad intelectual;
  • duración;
  • renovación;
  • terminación.

Cuando un elemento no aparezca incluido razonablemente en la Orden o SOW, no deberá presumirse incluido únicamente porque sea técnicamente posible realizarlo.

11. Alcance del Servicio

ACCIÓN DIGITAL prestará únicamente los Servicios expresamente acordados.

Las propuestas, demostraciones, conversaciones comerciales, ejemplos, maquetas o explicaciones previas sirven para contextualizar el proyecto, pero no ampliarán automáticamente el alcance final cuando éste haya quedado delimitado posteriormente mediante una Orden o SOW.

Una expectativa subjetiva no documentada no podrá considerarse por sí sola un entregable contractual.

12. Elementos fuera de alcance

Salvo inclusión expresa, no se considerarán incluidos automáticamente:

  • nuevas funcionalidades;
  • integraciones adicionales;
  • migraciones;
  • importaciones masivas;
  • limpieza de datos;
  • corrección de datos defectuosos proporcionados por terceros;
  • recuperación de sistemas externos;
  • reconstrucción de infraestructura ajena;
  • licencias;
  • consumos cloud;
  • consumos API;
  • tokens de IA;
  • dominios;
  • servicios de terceros;
  • soporte 24/7;
  • desarrollo ilimitado;
  • modificaciones ilimitadas;
  • formación continua;
  • soporte a herramientas ajenas;
  • intervención sobre dispositivos del CLIENTE;
  • adaptación a cambios externos posteriores;
  • trabajos urgentes fuera del servicio contratado;
  • cumplimiento regulatorio específico no expresamente encargado;
  • consultoría jurídica, fiscal, financiera o de otra profesión regulada.

13. Obligaciones de ACCIÓN DIGITAL

ACCIÓN DIGITAL se compromete a:

  • prestar los Servicios con diligencia profesional razonable;
  • utilizar personal propio o colaboradores con capacidades adecuadas;
  • respetar el alcance contratado;
  • aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas según el Servicio;
  • informar razonablemente de impedimentos relevantes conocidos;
  • respetar las obligaciones de confidencialidad aplicables;
  • tratar datos personales conforme al papel que corresponda;
  • documentar aquellas actuaciones para las que exista obligación contractual de trazabilidad;
  • utilizar los accesos proporcionados para las finalidades relacionadas con el Servicio;
  • colaborar razonablemente en la resolución de incidencias atribuibles a los Servicios gestionados.

14. Obligaciones del CLIENTE

El CLIENTE deberá:

  • proporcionar información suficiente y correcta;
  • facilitar accesos necesarios;
  • disponer de autorización sobre las cuentas proporcionadas;
  • proporcionar materiales dentro de los plazos necesarios;
  • realizar las aprobaciones requeridas;
  • designar interlocutores;
  • pagar las cantidades correspondientes;
  • utilizar los Servicios legalmente;
  • proteger sus credenciales;
  • controlar sus Usuarios;
  • revocar Usuarios que ya no estén autorizados;
  • informar de incidentes que conozca;
  • mantener actualizados sus datos;
  • disponer de derechos sobre los contenidos proporcionados;
  • garantizar la licitud de los datos que determine tratar;
  • cumplir las obligaciones que contractualmente le correspondan.

El CLIENTE será responsable de las decisiones empresariales tomadas utilizando los Servicios, salvo que se haya contratado expresamente que determinada decisión corresponde a ACCIÓN DIGITAL.

15. Cooperación del CLIENTE

La prestación de Servicios tecnológicos requiere cooperación activa.

Cuando ACCIÓN DIGITAL necesite razonablemente:

  • acceso;
  • información;
  • aprobación;
  • contenido;
  • configuración;
  • decisión;
  • licencia;
  • pago;
  • contacto con un proveedor;
  • validación;

y el CLIENTE no lo proporcione, los plazos afectados quedarán suspendidos o reajustados en la medida razonablemente necesaria.

ACCIÓN DIGITAL no responderá por retrasos directamente causados por una falta de cooperación del CLIENTE.

16. Dependencias

El CLIENTE reconoce que determinados proyectos dependen de elementos que pueden estar fuera del control de ACCIÓN DIGITAL.

Por ejemplo:

  • proveedores cloud;
  • APIs;

DNS;

  • registradores;
  • servicios de correo;
  • plataformas publicitarias;
  • proveedores de IA;
  • aplicaciones SaaS;
  • software open source;
  • sistemas del CLIENTE;
  • autorizaciones externas;
  • disponibilidad de terceros.

El calendario podrá ajustarse razonablemente cuando una dependencia externa impida continuar.

17. Calendario y plazos

Los plazos indicados en una Orden podrán ser:

  • vinculantes;
  • estimativos;
  • dependientes de hitos;
  • dependientes de actuaciones del CLIENTE.

Cuando una fecha tenga carácter estrictamente vinculante deberá indicarse expresamente.

Salvo que se haya pactado otra cosa, las fechas de planificación se entenderán condicionadas a:

  • recepción de materiales;
  • accesos;
  • aprobación;
  • disponibilidad técnica;
  • ausencia de cambios de alcance;
  • cumplimiento de las obligaciones del CLIENTE.

18. Solicitudes de cambio

Una modificación del alcance podrá requerir una Solicitud de Cambio.

El proceso podrá ser:

Solicitud → análisis → impacto → presupuesto/plazo → aprobación → ejecución

La evaluación podrá determinar:

  • trabajo adicional;
  • cambio de precio;
  • nuevo plazo;
  • nuevas dependencias;
  • riesgo adicional;
  • necesidad de un nuevo SOW.

ACCIÓN DIGITAL no estará obligada a ejecutar un cambio material hasta que éste haya sido aceptado cuando implique modificación contractual.

19. Cambios menores

ACCIÓN DIGITAL podrá realizar ajustes técnicos menores que no reduzcan materialmente la funcionalidad contratada cuando sean necesarios para:

  • corregir errores;
  • mantener compatibilidad;
  • mejorar seguridad;
  • mantener estabilidad;
  • sustituir componentes equivalentes;
  • actualizar dependencias.

Estos ajustes no se considerarán automáticamente un cambio de alcance.

20. Aceptación de entregables

Cuando un proyecto incluya entregables sujetos a aceptación y la Orden no establezca otro procedimiento, el CLIENTE dispondrá de siete días hábiles desde la comunicación de entrega para:

  • aceptar el entregable; o
  • comunicar por escrito una desviación material respecto del alcance acordado.

La comunicación deberá identificar razonablemente:

  • requisito incumplido;
  • comportamiento observado;
  • comportamiento esperado;
  • información suficiente para reproducir el problema cuando sea posible.

Una petición de nueva funcionalidad no constituye un defecto de aceptación.

Las incidencias menores que no impidan de forma material utilizar el entregable conforme a su finalidad principal no impedirán necesariamente la aceptación, sin perjuicio de su corrección cuando proceda.

Si el CLIENTE utiliza voluntariamente el entregable en producción o no comunica ninguna desviación material dentro del periodo anterior, el entregable podrá considerarse aceptado, salvo acuerdo distinto.

21. Corrección de no conformidades

Cuando una no conformidad reproducible sea atribuible a ACCIÓN DIGITAL y constituya una desviación material respecto de lo contratado, ACCIÓN DIGITAL procurará corregirla dentro de un plazo razonable considerando:

  • gravedad;
  • complejidad;
  • impacto;
  • dependencia de terceros;
  • prioridad;
  • SLA contratado.

La corrección de una no conformidad no incluye automáticamente:

  • nuevas funciones;
  • cambios de diseño;
  • ampliaciones;
  • cambios de criterio posteriores;
  • requisitos no documentados.

22. Servicios de terceros

Los Servicios pueden utilizar componentes proporcionados por terceros.

Entre otros:

  • infraestructura;
  • cloud;
  • hosting;

DNS;

  • APIs;
  • software;
  • plataformas;
  • modelos de inteligencia artificial;
  • servicios de correo;
  • sistemas de autenticación;
  • herramientas empresariales;
  • librerías.

Los proveedores externos pueden modificar:

  • precios;
  • condiciones;
  • APIs;
  • límites;
  • cuotas;
  • características;
  • disponibilidad;
  • compatibilidad;
  • modelos;
  • políticas.

ACCIÓN DIGITAL no controla unilateralmente dichas decisiones.

Cuando un cambio de tercero afecte materialmente al Servicio, ACCIÓN DIGITAL procurará evaluar alternativas razonables.

La adaptación que requiera trabajo adicional podrá generar un cambio de alcance cuando el trabajo no estuviera incluido en el servicio contratado.

23. Sustitución de proveedores

ACCIÓN DIGITAL podrá sustituir un componente o proveedor cuando resulte razonablemente necesario debido a:

  • seguridad;
  • descontinuación;
  • disponibilidad;
  • estabilidad;
  • coste;
  • rendimiento;
  • compatibilidad;
  • cumplimiento;
  • requisitos del CLIENTE.

La sustitución deberá respetar las obligaciones contractuales aplicables.

Cuando afecte a protección de datos, se aplicará adicionalmente el DPA y el procedimiento relativo a subencargados.

24. Software open source

Los Servicios pueden incorporar software de código abierto.

Dicho software seguirá sujeto a las licencias aplicables a cada componente.

Estas Condiciones no pretenden:

  • apropiarse de derechos de terceros;
  • eliminar obligaciones de licencias open source;
  • modificar unilateralmente sus condiciones.

Cuando una licencia open source imponga obligaciones específicas al CLIENTE, se proporcionará la información correspondiente cuando resulte relevante.

25. Mantenimiento

Cuando el mantenimiento esté contratado, su alcance será el indicado en la Orden.

Puede incluir, según el plan:

  • actualizaciones;
  • revisión;
  • correcciones;
  • monitorización;
  • mantenimiento preventivo;
  • mantenimiento correctivo;
  • gestión de dependencias.

El mantenimiento no incluye automáticamente:

  • rediseño;
  • nuevas funciones;
  • reconstrucción completa;
  • migración;
  • soporte a productos ajenos;
  • recuperación de daños causados por cambios no autorizados.

26. Ventanas de mantenimiento

Podrán ser necesarias interrupciones para ejecutar:

  • actualizaciones;
  • parches;
  • cambios;
  • migraciones;
  • actuaciones de seguridad.

Cuando resulte razonablemente posible y el impacto sea relevante, ACCIÓN DIGITAL procurará informar previamente.

Las intervenciones urgentes destinadas a contener riesgos de seguridad podrán ejecutarse sin preaviso cuando retrasarlas incremente razonablemente el riesgo.

27. Soporte y SLA

El soporte incluido será únicamente el identificado en el plan contratado.

La contratación de un Servicio no implica automáticamente:

  • soporte 24/7;
  • intervención inmediata;
  • atención telefónica permanente;
  • resolución garantizada dentro de un plazo;
  • disponibilidad garantizada.

Cuando exista SLA, sus métricas, horarios y exclusiones se regirán por:

08 — SLA y Soporte.

Un tiempo de respuesta no equivale necesariamente a un tiempo de resolución.

28. Seguridad

La seguridad de los Servicios se regirá por un modelo de responsabilidad compartida.

ACCIÓN DIGITAL será responsable de las obligaciones de seguridad que correspondan a los componentes bajo su gestión.

El CLIENTE será responsable de las obligaciones correspondientes a elementos bajo su control.

La distribución se desarrolla en:

09 — Seguridad y Responsabilidad Compartida.

Ningún sistema informático puede garantizarse como absolutamente invulnerable.

ACCIÓN DIGITAL no promete seguridad absoluta, sino la aplicación de medidas razonables y adecuadas al servicio, riesgo y obligaciones asumidas.

29. Credenciales y acceso

Cada Parte deberá proteger las credenciales bajo su control.

El CLIENTE deberá:

  • evitar compartir cuentas personales;
  • revocar accesos innecesarios;
  • utilizar MFA cuando se encuentre disponible y resulte exigido;
  • informar de accesos sospechosos;
  • proteger API keys y tokens;
  • limitar permisos.

ACCIÓN DIGITAL podrá exigir cambios de credenciales o revocar accesos cuando detecte un riesgo razonable.

No deberán enviarse secretos mediante canales manifiestamente inadecuados cuando exista una alternativa segura disponible.

30. Datos personales

Cada Parte cumplirá las obligaciones de protección de datos que le correspondan según su papel real.

Para los datos utilizados por ACCIÓN DIGITAL con finalidades propias relacionadas con:

  • contratación;
  • facturación;
  • contacto;
  • administración;
  • seguridad;

ACCIÓN DIGITAL podrá actuar como responsable.

Cuando ACCIÓN DIGITAL procese datos personales siguiendo las instrucciones del CLIENTE para prestar el Servicio, se formalizará el correspondiente:

15 — DPA.

31. Datos del CLIENTE

El CLIENTE conserva los derechos que le correspondan sobre sus Datos.

La contratación del Servicio no transmite a ACCIÓN DIGITAL la propiedad de las bases de datos o documentos del CLIENTE.

El CLIENTE concede a ACCIÓN DIGITAL únicamente los derechos de acceso, reproducción, transformación técnica o tratamiento que resulten razonablemente necesarios para prestar el Servicio.

32. Legalidad de los datos y contenidos

El CLIENTE garantiza que dispone de los derechos, autorizaciones o bases jurídicas necesarias respecto de la información cuya utilización instruya.

ACCIÓN DIGITAL no está obligada a realizar una auditoría jurídica completa sobre cada dato o documento facilitado por el CLIENTE.

Cuando exista una ilegalidad manifiesta o un riesgo significativo, ACCIÓN DIGITAL podrá rechazar la instrucción, solicitar información adicional o suspender la operación afectada.

33. Confidencialidad

Cada Parte deberá mantener confidencial la información no pública recibida de la otra Parte que:

  • haya sido identificada como confidencial;
  • o razonablemente deba entenderse como confidencial por su naturaleza.

Podrá incluir:

  • estrategias;
  • precios no públicos;
  • credenciales;
  • documentación;
  • código;
  • arquitectura;
  • bases de datos;
  • información comercial;
  • procedimientos;
  • clientes;
  • secretos empresariales.

34. Exclusiones de confidencialidad

No se considerará Información Confidencial aquella que pueda demostrarse que:

  • era públicamente conocida sin incumplimiento;
  • ya era legítimamente conocida por el receptor;
  • fue obtenida lícitamente de un tercero sin obligación de confidencialidad;
  • fue desarrollada independientemente;
  • deba ser divulgada por obligación legal.

35. Divulgación obligatoria

Cuando una Parte deba divulgar información por:

  • ley;
  • autoridad;
  • tribunal;
  • requerimiento vinculante;

podrá hacerlo en la medida necesaria.

Cuando sea legalmente posible, informará previamente a la otra Parte para permitirle adoptar las medidas que considere oportunas.

36. Duración de la confidencialidad

Las obligaciones de confidencialidad permanecerán durante la vigencia del Contrato y durante cinco años después de su terminación.

Cuando la información constituya legalmente un secreto empresarial o esté sujeta a una obligación de confidencialidad superior, la protección continuará durante el periodo que corresponda.

37. Propiedad intelectual

Los derechos de propiedad intelectual se regirán adicionalmente por:

12 — Propiedad Intelectual.

Como principio general:

Propiedad previa

Los activos, metodologías, software, componentes, herramientas, sistemas, plantillas, conocimientos y materiales que una Parte ya poseía antes del proyecto seguirán siendo de dicha Parte.

Desarrollo específico

La titularidad o licencia de cada entregable específico será la indicada en la Orden o SOW.

Software de terceros

Se regirá por sus propias licencias.

Open source

Permanecerá bajo su licencia correspondiente.

38. Know-how y componentes reutilizables

Salvo pacto expreso de exclusividad, ACCIÓN DIGITAL podrá seguir utilizando:

  • conocimientos generales;
  • experiencia;
  • conceptos;
  • técnicas;
  • metodologías;
  • componentes genéricos;
  • librerías propias;
  • estructuras;
  • procedimientos;
  • aprendizajes no confidenciales.

Esto no autoriza a reutilizar los Datos Confidenciales del CLIENTE ni activos cuya propiedad exclusiva haya sido transmitida expresamente al CLIENTE.

39. Materiales del CLIENTE

El CLIENTE conserva los derechos sobre:

  • marcas;
  • logotipos;
  • fotografías;
  • bases de datos;
  • textos;
  • documentación;
  • materiales propios.

El CLIENTE concede a ACCIÓN DIGITAL una autorización limitada para utilizarlos exclusivamente en la medida necesaria para prestar el Servicio.

El CLIENTE garantiza disponer de derechos suficientes sobre aquellos materiales que facilite.

40. Uso público de la marca del CLIENTE

ACCIÓN DIGITAL no adquirirá automáticamente el derecho a utilizar públicamente:

  • nombre;
  • logotipo;
  • marca;
  • caso de éxito;
  • resultados;

del CLIENTE con fines promocionales.

Dicho uso requerirá autorización cuando corresponda.

41. Inteligencia artificial

Los Servicios que incorporen inteligencia artificial estarán sujetos adicionalmente a:

06 — Condiciones de Inteligencia Artificial.

La utilización de IA no implica por sí sola garantía de:

  • exactitud;
  • unicidad;
  • ausencia de errores;
  • idoneidad para cualquier decisión;
  • determinismo;
  • propiedad intelectual exclusiva sobre cualquier output.

Las funciones críticas podrán estar sujetas a controles, permisos y aprobación humana.

42. Uso aceptable

El CLIENTE y sus Usuarios deberán cumplir:

11 — Acceptable Use Policy.

ACCIÓN DIGITAL podrá intervenir cuando detecte un uso que razonablemente pueda:

  • vulnerar la ley;
  • atacar sistemas;
  • perjudicar terceros;
  • distribuir malware;
  • facilitar fraude;
  • comprometer la infraestructura;
  • incumplir las condiciones de proveedores upstream.

43. Backups

La mera contratación de hosting, desarrollo, mantenimiento o un sistema no implica automáticamente la contratación de un servicio de backup gestionado.

Las obligaciones relativas a:

  • frecuencia;
  • retención;
  • ubicación;
  • restauración;
  • pruebas;

RPO;

RTO;

serán las expresamente contratadas y se regularán en:

10 — Backup y Recuperación.

Un snapshot técnico no debe presumirse equivalente a una copia de seguridad independiente.

44. Precios

El CLIENTE abonará los precios indicados en:

  • Orden;

SOW;

  • propuesta;
  • tarifa aceptada;
  • documento contractual correspondiente.

Salvo indicación contraria, los importes se expresarán sin incluir impuestos legalmente aplicables.

45. Conceptos adicionales

Podrán facturarse separadamente cuando no estén expresamente incluidos:

  • licencias;
  • dominios;
  • hosting;
  • infraestructura;
  • almacenamiento;
  • tráfico;
  • APIs;
  • tokens;
  • modelos de IA;
  • mensajería;
  • servicios cloud;
  • proveedores externos;
  • trabajos adicionales;
  • migraciones;
  • intervenciones extraordinarias;
  • horas fuera de alcance.

El CLIENTE deberá recibir información suficiente sobre la naturaleza de los costes variables aplicables.

46. Costes de terceros

Cuando un tercero facture en función del consumo, ACCIÓN DIGITAL podrá trasladar al CLIENTE el coste correspondiente si así se ha establecido contractualmente.

Cuando sea técnicamente posible, podrán establecerse:

  • límites;
  • alertas;
  • cuotas;
  • presupuestos máximos;
  • controles de gasto.

Un límite técnico no deberá considerarse garantizado salvo que el proveedor correspondiente permita garantizarlo de forma efectiva.

47. Facturación

Las facturas serán emitidas según la periodicidad establecida en la Orden.

Podrán utilizarse:

  • pagos iniciales;
  • hitos;
  • mensualidades;
  • cuotas;
  • facturación por consumo;
  • facturación por horas;
  • otros modelos expresamente acordados.

Salvo que la Orden establezca otro plazo, las facturas deberán abonarse en un plazo de 15 días naturales desde su emisión.

48. Impugnación de facturas

Si el CLIENTE considera incorrecta una factura deberá comunicarlo sin demora indebida, identificando concretamente el concepto cuestionado.

La existencia de una discrepancia sobre un concepto concreto no suspenderá automáticamente la obligación de pagar cantidades no controvertidas.

Las Partes actuarán de buena fe para resolver discrepancias.

49. Mora

Cuando el CLIENTE incurra en mora en una operación comercial, podrán aplicarse:

  • los intereses de demora contractuales que resulten válidos;
  • o, en defecto de pacto, los legalmente establecidos;
  • la compensación legal por costes de cobro;
  • los costes adicionales de recuperación que sean legalmente reclamables y estén debidamente acreditados.

50. Suspensión por impago

Si una factura vencida permanece impagada, ACCIÓN DIGITAL podrá, tras una comunicación razonable cuando sea posible:

  • restringir nuevos trabajos;
  • detener desarrollos;
  • suspender determinadas funcionalidades;
  • suspender el Servicio afectado;
  • iniciar el procedimiento de terminación.

Cuando mantener un servicio genere costes directos de terceros, ACCIÓN DIGITAL no estará obligada a financiarlos indefinidamente durante un impago del CLIENTE.

La suspensión no extingue las cantidades devengadas.

51. Reactivación

La reactivación de un Servicio suspendido puede requerir:

  • pago de cantidades vencidas;
  • resolución de la causa de suspensión;
  • comprobación técnica;
  • recreación de recursos;
  • costes de reactivación cuando hayan sido previamente previstos o sean necesarios y razonables.

La reactivación inmediata no se garantiza cuando el recurso haya sido eliminado legítimamente después del periodo de conservación aplicable.

52. Revisión de precios

Los precios de servicios recurrentes podrán revisarse:

  • en una renovación;
  • por modificación acordada de alcance;
  • por incorporación de nuevas funciones;
  • por cambio de plan;
  • cuando exista una variación contractual prevista de costes de terceros.

Las modificaciones discrecionales de precio no tendrán carácter retroactivo sobre cantidades ya devengadas.

Cuando exista una subida general del precio base de un servicio recurrente, ACCIÓN DIGITAL procurará comunicarla antes de su aplicación.

53. Aumentos de proveedores

Cuando un Servicio incluya un coste de tercero identificado como variable, un aumento efectivo de dicho proveedor podrá repercutirse conforme a las condiciones comerciales acordadas.

ACCIÓN DIGITAL procurará informar al CLIENTE cuando el incremento sea material.

Si el cambio exige una modificación sustancial del Servicio, las Partes podrán evaluar:

  • mantener proveedor;
  • reducir consumo;
  • migrar;
  • sustituir tecnología;
  • modificar alcance;
  • terminar el componente afectado cuando contractualmente proceda.

54. Duración

La duración de cada Servicio será la indicada en su Orden.

Cuando se trate de un proyecto puntual, el contrato correspondiente permanecerá vigente hasta:

  • finalización;
  • aceptación;
  • cumplimiento de las obligaciones pendientes;
  • o terminación conforme al Contrato.

Cuando sea un servicio recurrente y la Orden no indique otra cosa, se entenderá contratado por periodos mensuales sucesivos.

55. Renovación

La modalidad de renovación será la indicada en la Orden.

Cuando exista renovación automática, deberá identificarse suficientemente:

  • periodo;
  • condiciones;
  • mecanismo de cancelación.

La renovación no eliminará obligaciones de pago ya generadas.

56. Cancelación ordinaria

Cuando la Orden no establezca un compromiso mínimo distinto, un Servicio recurrente mensual podrá cancelarse mediante 30 días naturales de preaviso.

La cancelación no dará derecho a devolución de importes correspondientes a periodos ya prestados ni de costes de terceros no recuperables legítimamente comprometidos para el CLIENTE.

Cuando exista permanencia, setup amortizado, compromiso anual u otra condición específica, prevalecerá la Orden correspondiente.

57. Terminación por incumplimiento

Cualquiera de las Partes podrá resolver un Servicio cuando la otra incurra en un incumplimiento esencial y no lo subsane dentro de un plazo razonable tras recibir requerimiento escrito.

Salvo urgencia o naturaleza del incumplimiento que justifique otra cosa, podrá otorgarse un plazo de 15 días naturales para subsanar.

58. Terminación inmediata

ACCIÓN DIGITAL podrá terminar o suspender inmediatamente el Servicio cuando resulte razonablemente necesario debido a:

  • actividad manifiestamente ilegal;
  • fraude;
  • malware;
  • ataque;
  • riesgo grave de seguridad;
  • abuso severo de infraestructura;
  • orden de autoridad competente;
  • incumplimiento reiterado de la AUP;
  • uso que ponga en riesgo a otros clientes;
  • manipulación intencionada destinada a eludir controles de seguridad.

Cuando las circunstancias permitan una medida menos restrictiva, se procurará aplicar una actuación proporcionada al riesgo.

59. Terminación por impago prolongado

Un impago prolongado podrá constituir incumplimiento esencial.

ACCIÓN DIGITAL podrá terminar el Servicio cuando, tras las comunicaciones razonables aplicables, la deuda continúe vencida.

La terminación no extinguirá:

  • deuda pendiente;
  • intereses;
  • costes reclamables;
  • obligaciones que deban sobrevivir al contrato.

60. Efectos de la terminación

Al finalizar un Servicio:

  • cesará el derecho a utilizar servicios que dependan de la suscripción;
  • podrán revocarse accesos;
  • dejarán de ejecutarse automatizaciones;
  • podrán desactivarse recursos;
  • se emitirá la facturación pendiente;
  • se iniciará, cuando corresponda, el proceso de exportación o eliminación;
  • se aplicarán las reglas de Offboarding;
  • se aplicarán los ciclos de conservación de backups;
  • continuarán las obligaciones que por su naturaleza deban sobrevivir.

61. Offboarding

La salida de un CLIENTE se regirá adicionalmente por:

17 — Offboarding.

La migración a otro proveedor, reconstrucción en nueva infraestructura, consultoría de transición o asistencia extraordinaria no se considera automáticamente incluida en la cuota ordinaria.

Podrá presupuestarse separadamente.

62. Exportación de datos

Cuando resulte aplicable, ACCIÓN DIGITAL facilitará la devolución o exportación de los Datos del CLIENTE en las condiciones contractualmente acordadas y técnicamente disponibles.

El CLIENTE deberá solicitar y descargar la información dentro del plazo de salida aplicable.

La obligación de exportación no implica necesariamente convertir los datos a cualquier formato solicitado ni desarrollar una herramienta específica de migración gratuitamente.

63. Eliminación

Una vez finalizado el periodo de conservación correspondiente, ACCIÓN DIGITAL podrá eliminar:

  • instancias;
  • cuentas;
  • archivos;
  • sistemas;
  • datos;
  • copias operativas;

conforme al Contrato, DPA y política de backup.

El CLIENTE es responsable de completar las exportaciones que le correspondan antes del vencimiento del plazo comunicado.

64. Estándar de prestación

ACCIÓN DIGITAL prestará los Servicios con un nivel de diligencia profesional razonablemente adecuado a:

  • naturaleza del Servicio;
  • alcance;
  • precio;
  • estado de la técnica;
  • riesgos conocidos;
  • responsabilidades asumidas.

Salvo compromiso expreso, las obligaciones de ACCIÓN DIGITAL son obligaciones de prestación profesional y no garantías de un resultado empresarial específico.

65. Ausencia de garantía de resultados comerciales

Salvo garantía expresamente pactada por escrito, ACCIÓN DIGITAL no garantiza:

  • ventas;
  • facturación;
  • leads;
  • conversiones;
  • posiciones en buscadores;
  • beneficios;
  • ahorro económico determinado;
  • crecimiento;
  • retorno de inversión específico;
  • aceptación de una plataforma de terceros;
  • éxito empresarial.

Los sistemas son herramientas y su resultado depende también de factores externos y de la utilización realizada por el CLIENTE.

66. Ausencia de garantía de perfección tecnológica

Salvo obligación imperativa o compromiso específico, no se garantiza que un sistema sea:

  • absolutamente libre de errores;
  • absolutamente seguro;
  • ininterrumpido;
  • compatible indefinidamente con cualquier tercero;
  • inmune a cambios tecnológicos;
  • capaz de anticipar cualquier vulnerabilidad.

La existencia de un error no constituye automáticamente incumplimiento esencial.

Se atenderá a:

  • gravedad;
  • causa;
  • capacidad de corrección;
  • impacto;
  • alcance contratado.

67. Modificaciones realizadas por terceros o por el CLIENTE

ACCIÓN DIGITAL no responderá por defectos directamente causados por cambios realizados sin su autorización en componentes cuya gestión le hubiera sido encomendada.

Por ejemplo:

  • cambio de código;
  • modificación de workflows;
  • instalación de plugins;
  • cambio de DNS;
  • modificación del firewall;
  • eliminación de usuarios;
  • cambios de permisos;
  • alteración de credenciales;
  • modificación de bases de datos.

Cuando sea necesario diagnosticar o reparar estos cambios, el trabajo podrá considerarse adicional.

68. Limitación general de responsabilidad

En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, la responsabilidad económica agregada de ACCIÓN DIGITAL derivada de un Servicio quedará limitada a las cantidades efectivamente abonadas por el CLIENTE a ACCIÓN DIGITAL por el Servicio directamente afectado durante los doce meses inmediatamente anteriores al hecho que origine la reclamación.

Si el Servicio afectado tuviera una duración inferior a doce meses, el límite será el importe efectivamente abonado por dicho Servicio hasta la fecha del hecho causante.

Si se trata de un proyecto puntual con precio cerrado, el límite general será el precio efectivamente abonado por la Orden afectada.

Este límite se aplicará conjuntamente al conjunto de reclamaciones relacionadas con un mismo hecho o serie de hechos conectados.

69. Excepciones al límite de responsabilidad

La cláusula anterior no limitará responsabilidades cuando una limitación esté legalmente prohibida.

En particular, ninguna disposición de estas Condiciones pretende excluir:

  • responsabilidad derivada de dolo cuando legalmente no pueda ser excluida;
  • obligaciones legales inderogables;
  • responsabilidades que una norma imperativa prohíba limitar.

Un DPA, SOW o Condición Específica podrá establecer un régimen particular cuando el riesgo de un Servicio requiera una asignación distinta.

70. Daños indirectos

En la máxima medida legalmente permitida y salvo pacto específico, ACCIÓN DIGITAL no responderá de:

  • daños indirectos;
  • daños consecuenciales;
  • pérdida de oportunidades;
  • pérdida de reputación;
  • pérdida de negocio;
  • pérdida de beneficios esperados;
  • pérdida de ahorros esperados;
  • decisiones empresariales adoptadas por el CLIENTE;

cuando dichos daños no constituyan una consecuencia jurídicamente imputable que no pueda excluirse o limitarse conforme a la normativa aplicable.

Esta cláusula no pretende excluir responsabilidad donde la ley lo prohíba.

71. Datos y responsabilidad

La pérdida o corrupción de datos se analizará atendiendo a:

  • causa;
  • obligaciones asumidas;
  • servicio de backup contratado;
  • actuación del CLIENTE;
  • disponibilidad de restauración;
  • responsabilidades del proveedor upstream.

La existencia de un servicio de backup no implica recuperación absoluta salvo garantía específica.

Las obligaciones concretas se regulan en:

10 — Backup y Recuperación.

72. Reclamaciones de terceros imputables al CLIENTE

El CLIENTE será responsable frente a ACCIÓN DIGITAL de las consecuencias directas razonablemente derivadas de reclamaciones de terceros cuando tengan su origen en una actuación imputable al CLIENTE, incluyendo:

  • contenido ilícito proporcionado por el CLIENTE;
  • datos tratados sin legitimación;
  • infracción de derechos mediante materiales proporcionados por el CLIENTE;
  • instrucciones ilegales;
  • utilización prohibida del Servicio;
  • vulneración de la AUP.

ACCIÓN DIGITAL deberá informar razonablemente al CLIENTE de una reclamación relevante y permitir su participación en la defensa cuando proceda.

La obligación no alcanzará a la parte del daño causada directamente por una actuación imputable a ACCIÓN DIGITAL.

73. Mitigación de daños

Ambas Partes deberán adoptar medidas razonables para reducir los daños derivados de un incidente o incumplimiento.

Ninguna Parte deberá agravar deliberadamente un daño cuya reducción resulte razonablemente posible.

74. Fuerza mayor y circunstancias inevitables

Ninguna Parte responderá por un incumplimiento directamente provocado por acontecimientos imprevisibles o inevitables fuera de su control razonable cuando concurran los requisitos legales correspondientes.

Podrán incluir, dependiendo de las circunstancias:

  • catástrofes;
  • incendios;
  • inundaciones;
  • conflictos;
  • actos de autoridad;
  • cortes generales;
  • fallos extraordinarios de telecomunicaciones;
  • incidentes generalizados de infraestructura;
  • acontecimientos equivalentes.

La Parte afectada deberá:

  • informar cuando resulte razonablemente posible;
  • procurar reducir el impacto;
  • reanudar el cumplimiento cuando desaparezca el impedimento.

75. Fallos de proveedores terceros

Un fallo de un proveedor externo no será considerado automáticamente fuerza mayor.

Se analizará atendiendo a:

  • previsibilidad;
  • dependencia;
  • alternativas razonables;
  • obligaciones asumidas por ACCIÓN DIGITAL;
  • causa concreta;
  • diligencia aplicable.

Cuando ACCIÓN DIGITAL haya asumido contractualmente redundancia o continuidad específica, deberá cumplir dicha obligación.

76. Subcontratación

ACCIÓN DIGITAL podrá utilizar:

  • empleados;
  • colaboradores;
  • especialistas;
  • proveedores;
  • subcontratistas;

para prestar determinadas partes del Servicio.

ACCIÓN DIGITAL continuará siendo responsable frente al CLIENTE de las obligaciones contractuales que le correspondan.

Cuando un subcontratista procese datos personales, se aplicarán además las obligaciones de protección de datos y el DPA.

77. Cesión contractual

Ninguna Parte podrá ceder íntegramente un contrato a un tercero sin el consentimiento de la otra Parte cuando dicho consentimiento sea legalmente necesario.

Podrá exceptuarse una reorganización, fusión, sucesión empresarial o transmisión de unidad de negocio cuando:

  • la entidad sucesora asuma las obligaciones;
  • la cesión no reduzca materialmente las garantías contractuales;
  • y la ley permita dicha operación.

78. Cumplimiento normativo

Cada Parte será responsable del cumplimiento de las obligaciones legales que correspondan a su actividad.

El CLIENTE no podrá presumir que la contratación de una herramienta tecnológica transfiere automáticamente a ACCIÓN DIGITAL todas sus obligaciones regulatorias.

Cuando el CLIENTE necesite un sistema diseñado para cumplir una regulación específica deberá identificar dicha necesidad antes de la contratación o mediante cambio de alcance.

79. Servicios regulados o de alto riesgo

ACCIÓN DIGITAL podrá exigir evaluación adicional antes de permitir el uso de un Servicio en contextos relacionados con:

  • salud;
  • decisiones laborales;
  • crédito;
  • servicios financieros;
  • menores;
  • biometría;
  • infraestructuras críticas;
  • administración pública;
  • decisiones con efectos jurídicos significativos;
  • datos especialmente protegidos;
  • otros ámbitos sujetos a regulación reforzada.

ACCIÓN DIGITAL podrá rechazar un caso de uso cuando no disponga de las garantías técnicas, jurídicas u operativas necesarias.

80. No asesoramiento profesional regulado

Salvo contratación específica con profesional habilitado, los Servicios tecnológicos de ACCIÓN DIGITAL no constituyen:

  • asesoramiento jurídico;
  • asesoramiento fiscal;
  • diagnóstico médico;
  • asesoramiento financiero regulado;
  • otros servicios profesionales reservados.

Los sistemas pueden ayudar a organizar información, pero no sustituyen automáticamente a un profesional cualificado cuando éste sea necesario.

81. Beta y servicios experimentales

Los Servicios identificados como:

  • beta;
  • piloto;
  • experimental;
  • preview;
  • proof of concept;

estarán sujetos adicionalmente a:

18 — Beta Terms.

Podrán tener:

  • funcionalidad limitada;
  • cambios frecuentes;
  • menor estabilidad;
  • ausencia de SLA;
  • restricciones específicas.

No deberán utilizarse para cargas críticas cuando no hayan sido expresamente aprobados para ello.

82. Evidencias técnicas

Cuando resulte necesario para:

  • auditoría;
  • seguridad;
  • soporte;
  • facturación;
  • investigación;
  • resolución de controversias;

ACCIÓN DIGITAL podrá conservar evidencias razonables como:

  • tickets;
  • logs;
  • registros de actividad;
  • aprobaciones;
  • mensajes;
  • emails;
  • historial de cambios;
  • identificadores;
  • commits;
  • registros de despliegues;
  • facturas.

Estos elementos podrán utilizarse como medios de prueba, sin perjuicio de la valoración que legalmente corresponda.

83. Tickets e instrucciones

Cuando el sistema de gestión acordado utilice tickets, determinadas instrucciones operativas podrán formalizarse mediante ellos.

Un ticket podrá servir para:

  • solicitar;
  • aprobar;
  • documentar;
  • rechazar;
  • verificar;
  • cerrar;

una actuación.

Un ticket no podrá modificar por sí solo condiciones económicas o contractuales sustanciales salvo que la persona que lo apruebe disponga de facultad suficiente y el mecanismo utilizado permita acreditar válidamente el cambio.

84. Comunicaciones

Las comunicaciones ordinarias podrán realizarse mediante:

  • correo electrónico;
  • sistema de tickets;
  • plataforma de gestión;
  • otros canales acordados.

Para comunicaciones contractuales relevantes se utilizarán los datos designados por las Partes.

El CLIENTE deberá mantener actualizados sus contactos.

85. Seguridad de las instrucciones

ACCIÓN DIGITAL podrá exigir confirmación reforzada para actuaciones como:

  • eliminación masiva;
  • cambios DNS;
  • eliminación de infraestructura;
  • rotación crítica de credenciales;
  • publicación;
  • transferencia de control;
  • acciones financieras;
  • otras operaciones irreversibles.

Una instrucción recibida desde una cuenta aparentemente autorizada podrá ser verificada adicionalmente cuando existan indicios de compromiso o fraude.

86. Modificación de estas Condiciones

ACCIÓN DIGITAL podrá publicar nuevas versiones de estas Condiciones para futuras contrataciones.

La publicación de una nueva versión no modificará automáticamente y de forma retroactiva un contrato vigente.

Para servicios recurrentes, una nueva versión podrá aplicarse en una renovación futura cuando:

  • el contrato lo permita;
  • se comunique adecuadamente;
  • se respete la normativa aplicable.

Cuando una modificación durante la vigencia resulte necesaria por:

  • cambio legal;
  • exigencia de autoridad;
  • riesgo de seguridad;
  • cambio imprescindible de proveedor;

ACCIÓN DIGITAL comunicará la modificación cuando corresponda y limitará su alcance a aquello razonablemente necesario.

87. Modificaciones individualmente negociadas

Cualquier modificación específica pactada por las Partes deberá poder acreditarse.

Cuando una cláusula haya sido negociada individualmente y entre en conflicto con estas Condiciones, prevalecerá el pacto específico respecto de la materia correspondiente.

88. Renuncia

El hecho de que una Parte no exija inmediatamente el cumplimiento de una obligación no deberá interpretarse automáticamente como renuncia definitiva a exigirla posteriormente.

Una renuncia expresa se limitará al derecho y situación concretamente identificados salvo indicación contraria.

89. Nulidad parcial

Si una cláusula fuera declarada inválida, ilegal o inaplicable, ello no afectará automáticamente al resto del Contrato cuando éste pueda subsistir razonablemente sin dicha disposición.

La cláusula afectada deberá interpretarse o sustituirse, cuando resulte jurídicamente posible, por una disposición válida que se aproxime a la finalidad legítima perseguida.

90. Integridad contractual

Los documentos contractuales identificados conforme a estas Condiciones constituyen el acuerdo aplicable al Servicio.

Sustituyen las conversaciones, expectativas o propuestas previas respecto de aquellas materias que hayan quedado posteriormente reguladas de manera definitiva.

Esto no excluye responsabilidad por declaraciones fraudulentas ni otros supuestos legalmente inderogables.

91. Independencia de las Partes

La contratación de un Servicio no crea por sí sola:

  • sociedad;
  • joint venture;
  • relación laboral;
  • agencia;
  • representación;
  • exclusividad;
  • franquicia;

entre las Partes.

Cada Parte opera como entidad independiente salvo que exista acuerdo específico.

92. No exclusividad

Salvo pacto escrito de exclusividad, ACCIÓN DIGITAL podrá prestar servicios similares a otros clientes, incluso del mismo sector.

Esta facultad no autoriza:

  • revelar información confidencial;
  • reutilizar datos de otro CLIENTE;
  • vulnerar derechos de propiedad intelectual;
  • incumplir compromisos específicos de conflicto de intereses.

93. Supervivencia

Continuarán vigentes después de finalizar el Servicio aquellas disposiciones que por su naturaleza deban sobrevivir, incluyendo, cuando corresponda:

  • pagos pendientes;
  • confidencialidad;
  • propiedad intelectual;
  • responsabilidad;
  • tratamiento y eliminación de datos;
  • defensa de reclamaciones;
  • evidencias;
  • disposiciones de Offboarding.

94. Legislación aplicable

Los contratos regulados por estas Condiciones se regirán por la legislación española y por la normativa de la Unión Europea directamente aplicable cuando corresponda.

La aplicación de estas Condiciones se entiende sin perjuicio de las normas imperativas que resulten aplicables.

95. Competencia judicial

Las controversias se someterán a los juzgados y tribunales territorial y objetivamente competentes conforme a la legislación procesal aplicable.

Cuando las Partes hayan negociado individualmente y de forma válida un acuerdo específico sobre resolución de controversias o competencia territorial, dicho acuerdo se aplicará en la medida permitida por la ley.

La mera publicación de estas Condiciones Generales no pretende imponer un fuero contractual cuando dicha sumisión no resulte válida conforme a la legislación procesal.

96. Resolución amistosa previa

Antes de iniciar una controversia judicial, las Partes procurarán, cuando la naturaleza y urgencia del conflicto lo permita, realizar un intento razonable de resolución directa.

La Parte que formule la reclamación deberá procurar identificar:

  • contrato afectado;
  • hechos;
  • incumplimiento alegado;
  • solución solicitada.

Esta disposición no impedirá solicitar medidas urgentes, cautelares o ejercer acciones antes de que expire un plazo legal.

97. Idioma

Estas Condiciones se redactan inicialmente en español.

Podrán proporcionarse traducciones a otros idiomas.

Salvo pacto distinto o norma imperativa, cuando exista una discrepancia derivada exclusivamente de una traducción informativa, se utilizará la versión española como referencia contractual.

98. Control de versiones

ACCIÓN DIGITAL mantendrá un sistema razonable para identificar:

  • número de versión;
  • fecha de publicación;
  • fecha de entrada en vigor;
  • modificaciones relevantes.

La contratación deberá permitir identificar qué versión fue aceptada por el CLIENTE.

99. Contacto

Para cuestiones contractuales relacionadas con estas Condiciones:

ACCION DIGITAL LOCAL S.L. NIF B75510008 Avinguda de les Glòries Catalanes, 62, Bloc B, Can Palet 08223 Terrassa, Barcelona España

Correo electrónico: info@acciondigital.es

Versión: 1.0 Fecha: 7 de agosto de 2026

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