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Tecnología · Documento 05

Condiciones Específicas de Hosting, VPS e Infraestructura

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Índice

  1. 1. Objeto
  2. ACCION DIGITAL LOCAL S.L.
  3. NIF: B75510008
  4. DNS;
  5. 2. Aplicación conjunta
  6. DPA;
  7. 3. Definición de infraestructura
  8. CPU;
  9. RAM;
  10. IP;
  11. DNS;
  12. 4. Proveedor upstream
  13. 5. Modelos de contratación
  14. MODELO A — Infraestructura contratada por ACCIÓN DIGITAL
  15. MODELO B — Infraestructura contratada directamente por el CLIENTE
  16. MODELO C — Modelo híbrido
  17. 6. Diferencia entre proveedor y administrador
  18. 7. Titularidad de la cuenta upstream
  19. ACCIÓN DIGITAL / CLIENTE
  20. ACCIÓN DIGITAL / CLIENTE
  21. [DEFINIR]
  22. [DEFINIR]
  23. 8. Recursos contratados
  24. RAM;
  25. IOPS;
  26. IP;
  27. 9. Recursos compartidos
  28. 10. Rendimiento
  29. 11. Dimensionamiento
  30. 12. Crecimiento
  31. 13. Sobrecarga
  32. 14. Escalado
  33. 15. Autoscaling y costes
  34. 16. Alta disponibilidad
  35. 17. Punto único de fallo
  36. 18. Regiones y zonas
  37. 19. Ubicación de datos
  38. 20. Cambio de ubicación
  39. 21. Transferencias internacionales
  40. 22. Sistema operativo
  41. 23. Sistemas End of Life
  42. 24. Actualizaciones
  43. 25. Actualizaciones críticas de seguridad
  44. 26. Reinicios
  45. 27. Acceso root
  46. 28. VPS gestionado
  47. 29. VPS con root del CLIENTE
  48. 30. Acceso de terceros
  49. 31. SSH
  50. VPN;
  51. 32. Contraseñas
  52. 33. Claves SSH
  53. 34. Credenciales administrativas
  54. 35. Firewall
  55. IP;
  56. 36. Puertos públicos
  57. 37. Red privada
  58. VPN;
  59. VLAN;
  60. 38. Direcciones IP
  61. 39. Cambio de IP
  62. 40. Reputación de IP
  63. 41. Reverse DNS
  64. IP;
  65. 42. DNS
  66. AAAA;
  67. CNAME;
  68. MX;
  69. TXT;
  70. 43. Propagación DNS
  71. TTL;
  72. 44. Cambio DNS crítico
  73. MX;
  74. 45. Dominios
  75. 46. Dominio del CLIENTE
  76. 47. Renovación de dominios
  77. 48. Certificados TLS/SSL
  78. DNS;
  79. 49. Renovación de certificados
  80. 50. Correo electrónico
  81. 51. Entregabilidad
  82. DNS;
  83. SPF;
  84. DKIM;
  85. DMARC;
  86. 52. Uso como servidor de correo
  87. 53. Almacenamiento
  88. 54. Falta de espacio
  89. 55. Ampliación de almacenamiento
  90. 56. Reducción de almacenamiento
  91. 57. Transferencia de datos
  92. 58. Ancho de banda
  93. 59. DDoS
  94. 60. Ataque DDoS
  95. 61. Monitorización
  96. CPU;
  97. RAM;
  98. 62. Monitorización no equivalente a administración
  99. MONITORIZACIÓN
  100. RESPUESTA / INTERVENCIÓN.
  101. 63. Disponibilidad
  102. 64. SLA del proveedor upstream
  103. 65. Créditos upstream
  104. 66. Mantenimiento programado
  105. ACCIÓN DIGITAL;
  106. 67. Mantenimiento urgente
  107. 68. Hardware físico
  108. 69. Fallo físico
  109. 70. Backups
  110. 71. Snapshots
  111. 10 — Backup y Recuperación.
  112. 72. Restauración
  113. 73. Datos del CLIENTE
  114. 74. Datos del sistema
  115. 75. Contenido almacenado
  116. 76. Conocimiento de contenido ilícito
  117. 77. Órdenes de autoridades
  118. 78. Notificaciones de contenido ilícito
  119. 79. Evaluación de avisos
  120. 80. Retirada preventiva
  121. 81. Acceptable Use Policy
  122. 11 — Acceptable Use Policy.
  123. 82. Malware
  124. 83. Compromiso de servidor
  125. 84. Reconstrucción
  126. 85. Minería y consumo abusivo
  127. 86. Escaneo y ataques
  128. 87. Spam
  129. 88. Abuso recibido del proveedor
  130. 1. investigar;
  131. 2. requerir información;
  132. 3. limitar el servicio;
  133. 4. aplicar correcciones;
  134. 5. suspender si resulta necesario.
  135. 89. Plazos de abuso
  136. 90. Suspensión de emergencia
  137. 91. Suspensión proporcional
  138. IP;
  139. 92. Impago
  140. 93. Eliminación upstream por impago
  141. 94. Costes
  142. CPU;
  143. RAM;
  144. IP;
  145. 95. Costes variables
  146. 96. Cambios de precio upstream
  147. 97. Cambio de proveedor upstream
  148. 98. Migración
  149. DNS;
  150. 99. Dependencias durante una migración
  151. 100. Portabilidad y cambio de proveedor
  152. 101. Preaviso de switching
  153. 102. Periodo de transición
  154. 103. Imposibilidad técnica de transición ordinaria
  155. 104. Continuidad durante switching
  156. 105. Periodo de recuperación de datos
  157. 106. Eliminación después del switching
  158. DPA;
  159. 107. Datos exportables
  160. 108. Formatos
  161. 109. Compatibilidad de destino
  162. 110. Equivalencia funcional
  163. 111. Costes de switching
  164. 112. Trabajo profesional adicional
  165. 113. Offboarding
  166. 17 — Offboarding.
  167. 114. Eliminación sin migración
  168. 115. Backup después de la eliminación
  169. 116. Seguridad
  170. 09 — Seguridad y Responsabilidad Compartida.
  171. 117. Seguridad proporcional
  172. 118. Cifrado
  173. 119. Gestión de claves de cifrado
  174. 120. Logs de infraestructura
  175. SSH;
  176. 121. Acceso del proveedor upstream
  177. 122. Autoridades y acceso a datos
  178. 123. Subencargados
  179. 13 — Subencargados
  180. 124. Cambios de subencargado
  181. 125. Incidentes
  182. 1. detección;
  183. 2. contención;
  184. 3. diagnóstico;
  185. 4. comunicación cuando proceda;
  186. 5. corrección;
  187. 6. recuperación;
  188. 7. verificación.
  189. 126. Incidente del proveedor upstream
  190. 127. Brechas de datos personales
  191. 128. Soporte
  192. 129. Software del CLIENTE
  193. 130. Software de terceros
  194. EOL;
  195. 131. Licencias
  196. 132. Auditoría
  197. 133. Pentest
  198. 134. Vulnerabilidades
  199. 135. Responsabilidad compartida
  200. 136. Cambios del CLIENTE
  201. 137. Garantías de terceros
  202. 138. Fuerza mayor
  203. 139. Limitación de responsabilidad
  204. 04 — Condiciones Generales de Servicios Tecnológicos.
  205. 140. Arquitectura aceptada
  206. 141. SLA superior
  207. 142. No equivalencia entre conceptos
  208. 143. Inventario
  209. IP;
  210. 144. Documentación
  211. 145. Información sensible en documentación
  212. 146. Fin del Servicio
  213. 1. congelación de cambios cuando proceda;
  214. 2. exportación;
  215. 3. transición;
  216. 4. revocación de accesos;
  217. 5. cierre;
  218. 6. eliminación;
  219. 7. expiración de backups.
  220. 147. Cuenta upstream propiedad de ACCIÓN DIGITAL
  221. 148. Cuenta upstream propiedad del CLIENTE
  222. 149. Separación entre clientes
  223. 150. Infraestructura dedicada por cliente
  224. 1 CLIENTE = 1 VPS
  225. 151. Reutilización de infraestructura
  226. 152. Destrucción segura
  227. 153. Cambios regulatorios
  228. 154. Normativa de alojamiento e intermediación
  229. 155. Normativa de servicios de procesamiento de datos
  230. 156. Modificaciones
  231. 157. Legislación
  232. 158. Contacto
  233. ACCION DIGITAL LOCAL S.L.
  234. NIF B75510008
  235. 08223 Terrassa, Barcelona

CONDICIONES ESPECÍFICAS DE HOSTING, VPS E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA

Última actualización: 7 de agosto de 2026

Versión: 1.0

1. Objeto

Las presentes Condiciones Específicas regulan la prestación por parte de:

ACCION DIGITAL LOCAL S.L.

NIF: B75510008

Domicilio: Avinguda de les Glòries Catalanes, 62, Bloc B, Can Palet, 08223 Terrassa, Barcelona, España

Correo electrónico: info@acciondigital.es

en adelante, “ACCIÓN DIGITAL”,

de servicios relacionados con:

hosting;

servidores virtuales privados o VPS;

servidores dedicados;

infraestructura cloud;

almacenamiento;

redes;

bases de datos;

contenedores;

proxies;

balanceadores;

DNS;

certificados;

sistemas operativos;

infraestructura para aplicaciones;

infraestructura para automatizaciones;

infraestructura para agentes de inteligencia artificial;

monitorización;

administración de servidores;

mantenimiento;

servicios técnicos asociados.

Estas Condiciones complementan las Condiciones Generales de Servicios Tecnológicos.

2. Aplicación conjunta

Estas Condiciones deberán interpretarse conjuntamente, cuando resulte aplicable, con:

Condiciones Generales;

Sistemas y Automatización;

Inteligencia Artificial;

SLA y Soporte;

Seguridad y Responsabilidad Compartida;

Backup y Recuperación;

Acceptable Use Policy;

DPA;

Subencargados;

SOW / Order Form;

Offboarding.

La Orden o SOW determinará el servicio concreto contratado.

3. Definición de infraestructura

A efectos de estas Condiciones, se entenderá por Infraestructura el conjunto de recursos técnicos utilizados para ejecutar, almacenar, comunicar o proteger los sistemas del CLIENTE.

Podrá incluir:

CPU;

RAM;

almacenamiento;

red;

IP;

sistema operativo;

contenedores;

máquinas virtuales;

bases de datos;

firewall;

proxy;

DNS;

certificados;

servicios auxiliares.

4. Proveedor upstream

ACCIÓN DIGITAL podrá prestar determinados servicios utilizando infraestructura proporcionada por terceros.

En estos casos existirá un Proveedor Upstream, es decir, una entidad que proporciona total o parcialmente:

datacenter;

hardware;

virtualización;

conectividad;

red;

almacenamiento;

protección DDoS;

servicios cloud;

otros componentes.

ACCIÓN DIGITAL no es propietaria necesariamente de la infraestructura física utilizada.

5. Modelos de contratación

La infraestructura podrá operar bajo distintos modelos.

MODELO A — Infraestructura contratada por ACCIÓN DIGITAL

ACCIÓN DIGITAL contrata el recurso upstream y proporciona al CLIENTE un servicio gestionado sobre dicha infraestructura.

MODELO B — Infraestructura contratada directamente por el CLIENTE

El CLIENTE mantiene la relación contractual directa con el proveedor upstream y autoriza a ACCIÓN DIGITAL a administrar técnicamente la infraestructura.

MODELO C — Modelo híbrido

Determinados recursos son contratados por ACCIÓN DIGITAL y otros directamente por el CLIENTE.

El modelo aplicable deberá identificarse en la Orden o SOW.

6. Diferencia entre proveedor y administrador

Cuando la infraestructura sea contratada directamente por el CLIENTE, ACCIÓN DIGITAL podrá actuar únicamente como:

administrador;

integrador;

mantenedor;

operador técnico.

En ese caso ACCIÓN DIGITAL no asume automáticamente las obligaciones propias del proveedor cloud externo.

7. Titularidad de la cuenta upstream

El SOW deberá indicar, cuando resulte relevante:

Titular de la cuenta:

ACCIÓN DIGITAL / CLIENTE

Responsable del pago upstream:

ACCIÓN DIGITAL / CLIENTE

Responsable administrativo:

[DEFINIR]

Responsable técnico:

[DEFINIR]

8. Recursos contratados

Cada instancia o servicio podrá disponer de límites relativos a:

vCPU;

RAM;

almacenamiento;

IOPS;

ancho de banda;

transferencia;

IP;

snapshots;

bases de datos;

contenedores;

conexiones;

número de usuarios;

otros recursos.

Los recursos concretos serán los identificados en la Orden o panel del servicio.

9. Recursos compartidos

Determinados servicios virtualizados pueden utilizar infraestructura física compartida con otros clientes del proveedor upstream.

Un VPS no implica necesariamente:

CPU física exclusiva;

almacenamiento físico exclusivo;

red exclusiva;

host físico exclusivo.

Solo existirán recursos dedicados cuando así se haya contratado expresamente.

10. Rendimiento

El rendimiento efectivo puede depender de:

carga;

arquitectura;

proveedor;

almacenamiento;

red;

aplicación;

base de datos;

distancia;

configuración;

usuarios;

procesos.

La contratación de una determinada cantidad de CPU o RAM no implica automáticamente un rendimiento empresarial concreto.

11. Dimensionamiento

ACCIÓN DIGITAL podrá dimensionar inicialmente una infraestructura basándose en:

información proporcionada;

cargas conocidas;

estimaciones;

mediciones;

experiencia razonable.

Un dimensionamiento inicial no garantiza que los mismos recursos sean suficientes indefinidamente.

12. Crecimiento

El CLIENTE deberá informar cuando prevea cambios relevantes como:

aumento de usuarios;

campañas;

importaciones;

almacenamiento masivo;

nuevas webs;

nuevos agentes;

incremento de automatizaciones;

nuevos servicios.

Podrá ser necesario ampliar infraestructura.

13. Sobrecarga

Cuando el consumo exceda la capacidad disponible podrán producirse:

lentitud;

colas;

errores;

procesos terminados;

indisponibilidad;

bloqueo de recursos;

costes adicionales.

Una saturación causada por un consumo superior al dimensionamiento contratado no constituye automáticamente una incidencia atribuible a ACCIÓN DIGITAL.

14. Escalado

El escalado podrá ser:

manual;

programado;

automático.

El autoscaling no está incluido por defecto.

Solo se utilizará cuando haya sido expresamente diseñado y contratado.

15. Autoscaling y costes

Cuando exista escalado automático, éste puede aumentar costes.

El SOW deberá definir, cuando sea relevante:

límites;

presupuesto;

recursos máximos;

alertas.

No se presumirá un presupuesto máximo técnico cuando el proveedor no permita imponerlo efectivamente.

16. Alta disponibilidad

Un servidor único no constituye una arquitectura de alta disponibilidad.

La alta disponibilidad puede requerir:

múltiples nodos;

redundancia;

load balancer;

replicación;

almacenamiento redundante;

DNS adecuado;

monitorización;

failover.

Estos elementos solo estarán incluidos si se han contratado.

17. Punto único de fallo

Cuando el CLIENTE opte por una arquitectura basada en un único:

servidor;

proveedor;

datacenter;

volumen;

enlace;

nodo;

existirá un riesgo de punto único de fallo.

Cuando ACCIÓN DIGITAL haya advertido razonablemente de dicho riesgo, éste deberá considerarse parte de la arquitectura aceptada.

18. Regiones y zonas

La infraestructura podrá alojarse en:

una región;

varias regiones;

una o varias zonas de disponibilidad.

La ubicación concreta dependerá del proveedor y del plan contratado.

19. Ubicación de datos

Cuando la ubicación geográfica sea un requisito contractual o regulatorio, deberá constar expresamente en el SOW o DPA.

No se presumirá una ubicación específica únicamente por el domicilio de ACCIÓN DIGITAL.

20. Cambio de ubicación

ACCIÓN DIGITAL no trasladará deliberadamente una carga sometida a restricción geográfica contractual a una ubicación incompatible sin evaluar previamente sus consecuencias.

Cuando el proveedor upstream modifique su infraestructura, se aplicarán las obligaciones contractuales y de protección de datos correspondientes.

21. Transferencias internacionales

Cuando la infraestructura implique tratamiento de datos personales fuera del Espacio Económico Europeo, deberán aplicarse las garantías correspondientes conforme al DPA y normativa de protección de datos.

22. Sistema operativo

Cada servidor podrá utilizar un sistema operativo determinado.

ACCIÓN DIGITAL podrá establecer una lista de versiones soportadas.

Por ejemplo:

versiones LTS;

versiones mantenidas por el fabricante;

sistemas expresamente compatibles.

23. Sistemas End of Life

ACCIÓN DIGITAL no estará obligada a mantener indefinidamente sistemas operativos o componentes que hayan llegado a su End of Life — EOL.

Cuando un componente deje de recibir soporte podrá requerirse:

actualización;

migración;

sustitución.

24. Actualizaciones

Cuando la administración del sistema esté contratada, ACCIÓN DIGITAL podrá instalar actualizaciones necesarias para:

seguridad;

estabilidad;

compatibilidad;

corrección de errores.

Las actualizaciones que impliquen una migración o rediseño material podrán constituir trabajo adicional.

25. Actualizaciones críticas de seguridad

Cuando exista una vulnerabilidad crítica y retrasar su corrección genere un riesgo significativo, ACCIÓN DIGITAL podrá aplicar:

parches;

restricciones;

bloqueo temporal;

reinicio;

desactivación de componentes.

Cuando resulte razonablemente posible, se informará al CLIENTE.

26. Reinicios

Determinadas actuaciones pueden requerir reiniciar:

servidor;

contenedor;

servicio;

base de datos;

aplicación.

Un reinicio técnicamente necesario no constituye por sí mismo incumplimiento de disponibilidad salvo que exista un SLA que determine otra cosa.

27. Acceso root

La existencia de un VPS no implica automáticamente que el CLIENTE reciba acceso root.

El modelo de acceso deberá definirse según:

seguridad;

servicio;

responsabilidades;

propiedad de la cuenta;

necesidades del proyecto.

28. VPS gestionado

En un VPS gestionado por ACCIÓN DIGITAL podrá limitarse el acceso administrativo del CLIENTE cuando sea razonablemente necesario para:

seguridad;

estabilidad;

cumplimiento;

evitar conflictos de administración.

29. VPS con root del CLIENTE

Cuando el CLIENTE disponga de acceso root podrá realizar modificaciones capaces de afectar:

seguridad;

disponibilidad;

datos;

backups;

aplicaciones.

Los daños directamente causados por dichas modificaciones no se considerarán automáticamente responsabilidad de ACCIÓN DIGITAL.

30. Acceso de terceros

El CLIENTE deberá informar cuando autorice a terceros a administrar recursos gestionados por ACCIÓN DIGITAL.

Cuando distintos proveedores intervengan sobre el mismo recurso, la responsabilidad deberá determinarse según la causa efectiva del incidente.

31. SSH

Cuando se utilice SSH, podrán aplicarse controles como:

autenticación mediante claves;

restricción de usuarios;

firewall;

VPN;

allowlists;

MFA mediante sistemas complementarios;

redes privadas.

32. Contraseñas

ACCIÓN DIGITAL podrá desactivar autenticación mediante contraseña cuando exista una alternativa más segura y resulte adecuado para el sistema.

33. Claves SSH

Las claves privadas deberán permanecer bajo control del titular correspondiente.

No deberán compartirse indiscriminadamente.

Cuando una clave pueda estar comprometida deberá ser revocada o sustituida.

34. Credenciales administrativas

Las credenciales administrativas deberán gestionarse conforme al principio de mínimo privilegio.

ACCIÓN DIGITAL podrá utilizar:

cuentas nominativas;

cuentas de servicio;

identidades de máquina;

gestores de secretos.

35. Firewall

Cuando esté incluido, ACCIÓN DIGITAL podrá gestionar reglas de firewall para limitar:

puertos;

protocolos;

IP;

redes;

orígenes.

No se garantiza que un firewall elimine todos los riesgos de seguridad.

36. Puertos públicos

Solo deberán exponerse públicamente los servicios necesarios.

ACCIÓN DIGITAL podrá cerrar un puerto cuando:

no sea necesario;

represente riesgo;

exista una vulnerabilidad;

haya actividad abusiva.

37. Red privada

Cuando la arquitectura lo permita podrán utilizarse:

VPN;

redes privadas;

túneles;

tailnets;

VLAN;

redes internas.

Estos mecanismos no estarán incluidos automáticamente en todo plan.

38. Direcciones IP

Las direcciones IP asignadas forman parte del servicio de infraestructura.

Salvo adquisición o derecho específico reconocido por el proveedor, el CLIENTE no adquiere la propiedad de la dirección IP.

39. Cambio de IP

Una IP puede cambiar debido a:

migración;

reconstrucción;

cambio de proveedor;

incidente;

reorganización;

razones técnicas.

Una IP fija solo se garantizará cuando haya sido expresamente contratada y el proveedor lo permita.

40. Reputación de IP

Una IP puede verse afectada por:

blacklists;

reputación previa;

spam;

malware;

actividad de terceros.

ACCIÓN DIGITAL podrá solicitar sustitución cuando resulte razonablemente posible, pero no garantiza que terceros retiren inmediatamente una IP de sus listas.

41. Reverse DNS

La configuración de reverse DNS dependerá de:

proveedor;

IP;

servicio contratado.

Solo se configurará cuando sea necesario y técnicamente posible.

42. DNS

ACCIÓN DIGITAL podrá gestionar:

registros A;

AAAA;

CNAME;

MX;

TXT;

otros registros.

La autoridad sobre la zona DNS deberá definirse en la documentación del proyecto.

43. Propagación DNS

Los cambios DNS pueden tardar en propagarse debido a:

TTL;

cachés;

resolvers;

proveedores;

dispositivos.

ACCIÓN DIGITAL no puede garantizar propagación global instantánea.

44. Cambio DNS crítico

Cambios relacionados con:

nameservers;

MX;

raíz del dominio;

producción;

podrán requerir:

aprobación;

backup de zona;

plan;

ventana;

verificación.

45. Dominios

La contratación de un VPS no incluye automáticamente registro, renovación o propiedad de dominios.

El SOW deberá determinar quién es:

registrante;

titular;

administrador;

responsable de renovación.

46. Dominio del CLIENTE

Cuando ACCIÓN DIGITAL gestione técnicamente un dominio del CLIENTE, la titularidad jurídica deberá permanecer correctamente identificada a nombre de quien corresponda.

ACCIÓN DIGITAL no adquirirá derechos sobre el dominio por el mero hecho de administrarlo.

47. Renovación de dominios

Cuando la renovación esté incluida, ACCIÓN DIGITAL procurará realizarla dentro de plazo siempre que:

el Servicio esté activo;

las cantidades correspondientes hayan sido abonadas;

el registrador permita la renovación.

Cuando el dominio esté en una cuenta del CLIENTE, éste conservará la responsabilidad última sobre su renovación salvo pacto distinto.

48. Certificados TLS/SSL

ACCIÓN DIGITAL podrá instalar o gestionar certificados digitales.

Los certificados pueden ser:

automáticos;

gratuitos;

comerciales.

La emisión depende también de:

DNS;

autoridad certificadora;

validación;

disponibilidad.

49. Renovación de certificados

Cuando exista renovación automática, un fallo técnico externo puede impedirla.

ACCIÓN DIGITAL podrá monitorizar la expiración cuando dicho control esté incluido en el servicio.

50. Correo electrónico

El alojamiento de aplicaciones o dominios no implica automáticamente un servicio de correo electrónico.

Cuando exista correo deberá especificarse:

proveedor;

capacidad;

cuentas;

administración.

51. Entregabilidad

Ningún proveedor puede garantizar que todos los correos enviados sean:

entregados;

recibidos;

colocados en bandeja principal;

no clasificados como spam.

La entregabilidad depende también de:

reputación;

contenido;

DNS;

SPF;

DKIM;

DMARC;

destinatario;

proveedor receptor.

52. Uso como servidor de correo

ACCIÓN DIGITAL podrá prohibir o limitar la operación directa de servidores de correo en determinados VPS cuando exista un riesgo de:

abuso;

spam;

reputación;

bloqueo;

incumplimiento upstream.

53. Almacenamiento

Los límites de almacenamiento se calcularán conforme al método utilizado por el proveedor correspondiente.

Podrán existir diferencias entre:

capacidad nominal;

capacidad utilizable;

espacio reservado;

sistema de archivos.

54. Falta de espacio

Un volumen lleno puede provocar:

corrupción;

interrupciones;

errores;

fallo de bases de datos;

imposibilidad de guardar información.

La monitorización de espacio solo se considera incluida cuando forme parte del servicio gestionado correspondiente.

55. Ampliación de almacenamiento

Una ampliación puede requerir:

reinicio;

resize;

migración;

nuevo volumen;

cambios de filesystem.

El trabajo y costes correspondientes dependerán del plan contratado.

56. Reducción de almacenamiento

Reducir un volumen puede no estar técnicamente soportado y puede requerir una migración.

No se presume que todo recurso pueda reducirse de forma inmediata.

57. Transferencia de datos

Los planes podrán incluir límites de:

tráfico;

egress;

transferencia;

ancho de banda.

Los excesos podrán generar costes cuando el proveedor los facture.

58. Ancho de banda

Una velocidad nominal no garantiza necesariamente dicha velocidad de extremo a extremo.

El rendimiento puede depender de:

Internet;

rutas;

destino;

congestión;

proveedor.

59. DDoS

Algunos proveedores incluyen medidas de mitigación DDoS.

La existencia de mitigación no significa inmunidad absoluta frente a ataques de denegación de servicio.

60. Ataque DDoS

Durante un ataque ACCIÓN DIGITAL o el proveedor upstream podrán:

filtrar;

limitar;

bloquear;

null-route;

suspender temporalmente;

modificar red.

El objetivo será proteger la infraestructura y otros clientes.

61. Monitorización

Cuando esté contratada, la monitorización podrá comprobar:

disponibilidad;

CPU;

RAM;

disco;

procesos;

puertos;

servicios;

certificados;

backups;

eventos.

62. Monitorización no equivalente a administración

Que un recurso sea monitorizado no significa que toda alerta incluya automáticamente intervención técnica.

El plan deberá distinguir:

MONITORIZACIÓN

de:

RESPUESTA / INTERVENCIÓN.

63. Disponibilidad

No existirá una garantía contractual específica de uptime salvo que se haya contratado un SLA.

La mera existencia de un VPS no implica:

99,9%;

99,99%;

alta disponibilidad;

cero downtime.

64. SLA del proveedor upstream

Un SLA ofrecido por el proveedor upstream no se transmite automáticamente como SLA contractual de ACCIÓN DIGITAL frente al CLIENTE.

Solo serán exigibles al CLIENTE los compromisos expresamente asumidos por ACCIÓN DIGITAL.

65. Créditos upstream

Cuando un proveedor upstream conceda un crédito por indisponibilidad:

dicho crédito podrá corresponder contractualmente a ACCIÓN DIGITAL si ésta es titular de la cuenta;

su traslado al CLIENTE solo será obligatorio cuando así se haya establecido.

66. Mantenimiento programado

Podrán existir ventanas de mantenimiento de:

ACCIÓN DIGITAL;

proveedor upstream;

fabricante;

datacenter.

Las exclusiones del SLA se determinarán en el documento correspondiente.

67. Mantenimiento urgente

ACCIÓN DIGITAL podrá realizar mantenimiento urgente sin preaviso cuando retrasarlo genere razonablemente un riesgo superior para:

seguridad;

datos;

infraestructura;

terceros.

68. Hardware físico

Cuando se utilice VPS o cloud, ACCIÓN DIGITAL puede no tener:

acceso físico;

control del host;

capacidad para sustituir directamente hardware.

Estos elementos dependen del proveedor upstream.

69. Fallo físico

Un fallo físico podrá requerir actuaciones del proveedor como:

sustitución;

migración;

reinicio;

restauración.

ACCIÓN DIGITAL podrá gestionar la incidencia pero no controla directamente los tiempos internos del datacenter salvo compromiso contractual específico.

70. Backups

VPS ≠ backup.

La contratación de un VPS no implica automáticamente:

copia externa;

historial;

recuperación puntual;

backup de aplicación;

backup de base de datos;

backup geográfico.

71. Snapshots

Snapshot ≠ backup independiente.

Un snapshot puede:

depender del mismo proveedor;

compartir riesgos con la infraestructura;

tener retención limitada;

no ser application-consistent.

Las condiciones completas se regulan en:

10 — Backup y Recuperación.

72. Restauración

La restauración de un servidor completo puede implicar:

downtime;

pérdida de cambios posteriores;

incompatibilidades;

reconfiguración.

No se garantizará un RTO o RPO determinado salvo contratación expresa.

73. Datos del CLIENTE

El CLIENTE conserva los derechos que le correspondan sobre sus datos.

La utilización de infraestructura de ACCIÓN DIGITAL no transfiere su propiedad.

74. Datos del sistema

Podrán existir datos técnicos generados por la propia operación:

logs;

métricas;

eventos;

identificadores;

registros de infraestructura.

Su tratamiento se realizará conforme al contrato, Política de Privacidad y DPA aplicable.

75. Contenido almacenado

El CLIENTE será responsable de la legalidad de los contenidos que instruya almacenar o publicar, sin perjuicio de las obligaciones legales propias que puedan corresponder a ACCIÓN DIGITAL.

76. Conocimiento de contenido ilícito

Cuando ACCIÓN DIGITAL actúe jurídicamente como prestador de alojamiento o intermediación y tenga conocimiento efectivo de contenido ilícito en los términos legalmente aplicables, podrá adoptar medidas para:

retirar;

bloquear;

impedir acceso;

suspender el recurso;

preservar información cuando proceda.

77. Órdenes de autoridades

ACCIÓN DIGITAL podrá cumplir órdenes legalmente vinculantes de:

tribunales;

autoridades administrativas;

cuerpos u organismos competentes;

relacionadas con:

suspensión;

retirada;

bloqueo;

preservación;

acceso;

información.

Cuando sea legalmente posible podrá informar al CLIENTE.

78. Notificaciones de contenido ilícito

Cuando resulte aplicable la normativa sobre servicios intermediarios o de alojamiento, ACCIÓN DIGITAL podrá establecer mecanismos para recibir comunicaciones relacionadas con contenido presuntamente ilícito.

79. Evaluación de avisos

La recepción de una denuncia no implica automáticamente que toda alegación de un tercero sea correcta.

ACCIÓN DIGITAL podrá evaluar:

contenido;

fundamento;

autoridad del solicitante;

riesgo;

obligaciones legales.

80. Retirada preventiva

Cuando exista un riesgo urgente o una orden válida, ACCIÓN DIGITAL podrá limitar temporalmente un servicio mientras se analiza la situación.

81. Acceptable Use Policy

Será obligatorio cumplir la:

11 — Acceptable Use Policy.

No estará permitido utilizar la infraestructura para actividades prohibidas por dicha política.

82. Malware

ACCIÓN DIGITAL podrá aislar o suspender un sistema que:

distribuya malware;

forme parte de una botnet;

ataque terceros;

presente una infección grave.

83. Compromiso de servidor

Cuando exista una sospecha razonable de compromiso podrán realizarse:

bloqueo;

aislamiento;

revocación de claves;

cambio de credenciales;

preservación de logs;

reconstrucción.

84. Reconstrucción

En determinados incidentes puede resultar más seguro reconstruir completamente un servidor que intentar limpiarlo.

La reconstrucción podrá depender de:

backups;

imágenes;

documentación;

credenciales;

configuración reproducible.

85. Minería y consumo abusivo

ACCIÓN DIGITAL podrá prohibir:

minería de criptomonedas;

cargas destinadas a agotar recursos;

procesos abusivos;

cuando no formen parte del servicio autorizado o vulneren condiciones upstream.

86. Escaneo y ataques

No se permitirá utilizar infraestructura gestionada para:

escanear terceros sin autorización;

explotación;

brute force;

DDoS;

credential stuffing;

actividades ofensivas ilícitas.

87. Spam

No se permitirá utilizar los recursos para distribución de spam o comunicaciones ilícitas.

Una actividad que pueda perjudicar la reputación de red podrá ser suspendida.

88. Abuso recibido del proveedor

Cuando ACCIÓN DIGITAL reciba una comunicación de abuso del proveedor upstream podrá:

1. investigar;

2. requerir información;

3. limitar el servicio;

4. aplicar correcciones;

5. suspender si resulta necesario.

89. Plazos de abuso

Algunos proveedores upstream pueden imponer plazos cortos para corregir un abuso.

El CLIENTE deberá colaborar con la urgencia razonablemente necesaria.

90. Suspensión de emergencia

ACCIÓN DIGITAL podrá suspender inmediatamente un recurso cuando continuar operándolo represente un riesgo grave para:

seguridad;

terceros;

proveedor;

red;

otros clientes;

cumplimiento legal.

91. Suspensión proporcional

Cuando resulte viable, se procurará limitar la suspensión al:

servicio;

puerto;

usuario;

IP;

proceso;

componente;

responsable del problema.

92. Impago

Será aplicable el régimen de suspensión por impago establecido en las Condiciones Generales.

Cuando ACCIÓN DIGITAL deba abonar periódicamente al proveedor upstream, no estará obligada a financiar indefinidamente recursos de un CLIENTE en mora.

93. Eliminación upstream por impago

El CLIENTE reconoce que determinados proveedores pueden eliminar recursos después de la cancelación o impago.

Una vez eliminado definitivamente un recurso upstream, su recuperación puede resultar imposible.

94. Costes

Los costes de infraestructura podrán incluir:

cuota base;

CPU;

RAM;

almacenamiento;

IP;

snapshots;

backup;

tráfico;

licencias;

servicios gestionados;

bases de datos;

servicios auxiliares.

95. Costes variables

Determinados conceptos podrán variar según consumo.

El CLIENTE abonará los consumos que resulten válidamente imputables conforme a la Orden.

96. Cambios de precio upstream

Los proveedores pueden modificar precios.

Cuando un aumento afecte directamente a un Servicio recurrente, ACCIÓN DIGITAL podrá repercutirlo conforme al contrato y previa comunicación cuando corresponda.

97. Cambio de proveedor upstream

ACCIÓN DIGITAL podrá migrar infraestructura a otro proveedor por motivos razonables como:

seguridad;

coste;

disponibilidad;

rendimiento;

discontinuación;

cumplimiento;

resiliencia.

Cuando el cambio implique una modificación material se evaluará previamente su impacto contractual y de protección de datos.

98. Migración

Una migración podrá requerir:

copia;

sincronización;

ventana;

DNS;

nueva IP;

validación;

pruebas;

downtime.

No se garantiza migración sin interrupción salvo arquitectura expresamente diseñada para ello.

99. Dependencias durante una migración

El CLIENTE deberá facilitar cuando sea necesario:

accesos;

cambios DNS;

aprobaciones;

pruebas;

validación;

contacto con terceros.

100. Portabilidad y cambio de proveedor

Cuando el Servicio tenga la consideración jurídica de servicio de tratamiento o procesamiento de datos sometido al Reglamento (UE) 2023/2854 —Data Act—, ACCIÓN DIGITAL respetará las obligaciones imperativas aplicables relativas al cambio de proveedor.

El CLIENTE podrá solicitar, según proceda:

cambio a otro proveedor;

migración a infraestructura propia;

exportación de datos y activos digitales exportables;

eliminación al finalizar.

101. Preaviso de switching

Cuando resulte aplicable el régimen obligatorio del Data Act, el plazo contractual máximo de preaviso para iniciar el proceso de cambio no excederá del máximo legal aplicable.

A fecha de esta versión, dicho máximo es de dos meses.

102. Periodo de transición

Cuando resulte aplicable el Data Act, el proceso de switching deberá realizarse sin demora indebida y, con carácter general, dentro del periodo máximo obligatorio de transición de 30 días naturales, salvo que resulte técnicamente inviable en los términos previstos legalmente.

103. Imposibilidad técnica de transición ordinaria

Cuando el periodo ordinario resulte técnicamente inviable y la normativa permita una extensión, ACCIÓN DIGITAL:

informará al CLIENTE dentro del plazo legal aplicable;

justificará la imposibilidad técnica;

indicará el periodo alternativo permitido.

104. Continuidad durante switching

Durante el periodo de transición sujeto al Data Act, ACCIÓN DIGITAL proporcionará, cuando la norma resulte aplicable:

asistencia razonable;

continuidad conforme al contrato;

información sobre riesgos conocidos;

medidas adecuadas de seguridad durante la transferencia.

105. Periodo de recuperación de datos

Cuando resulte aplicable el Data Act, se mantendrá el periodo mínimo obligatorio para recuperación de datos exportables tras la transición.

A fecha de esta versión, dicho periodo es de al menos 30 días naturales, salvo que se acuerde válidamente un periodo posterior cuando la normativa lo permita.

106. Eliminación después del switching

Completado satisfactoriamente el proceso y transcurrido el periodo de recuperación aplicable, ACCIÓN DIGITAL eliminará los datos exportables y activos digitales sujetos a eliminación conforme a:

Data Act;

DPA;

obligaciones legales;

política de backups.

107. Datos exportables

La portabilidad comprenderá aquellos datos y activos digitales que sean jurídicamente y técnicamente exportables.

No implica automáticamente entregar:

software propietario de ACCIÓN DIGITAL;

herramientas internas;

credenciales de ACCIÓN DIGITAL;

secretos de otros clientes;

componentes sujetos a derechos de terceros;

infraestructura física;

sistemas internos compartidos.

108. Formatos

Cuando sea aplicable una obligación de portabilidad, ACCIÓN DIGITAL utilizará los formatos, estructuras y mecanismos exigibles o razonablemente disponibles para el Servicio.

109. Compatibilidad de destino

La obligación de facilitar una salida no significa garantizar que un proveedor destino:

acepte todos los formatos;

ofrezca las mismas funcionalidades;

reproduzca exactamente la arquitectura;

mantenga idéntico comportamiento.

110. Equivalencia funcional

Cuando legalmente resulte exigible facilitar equivalencia funcional dentro del ámbito previsto por el Data Act, ACCIÓN DIGITAL cumplirá las obligaciones que correspondan a su tipo de servicio.

No se garantiza equivalencia sobre funciones que el nuevo proveedor no ofrezca.

111. Costes de switching

Los costes de cambio se ajustarán a las limitaciones establecidas por la normativa aplicable.

Hasta que resulte legalmente exigible su eliminación completa, únicamente podrán aplicarse aquellos cargos de switching permitidos por la legislación vigente y debidamente informados.

112. Trabajo profesional adicional

Las restricciones sobre switching charges no implican necesariamente que todo trabajo profesional diferente del proceso de switching regulado deba prestarse gratuitamente.

Podrán presupuestarse separadamente, cuando legalmente proceda, servicios adicionales solicitados como:

rediseño;

desarrollo específico;

optimización;

adaptación funcional;

consultoría;

formación;

reconstrucción en una arquitectura distinta.

113. Offboarding

La terminación y salida se desarrollarán adicionalmente en:

17 — Offboarding.

Cuando el Data Act resulte aplicable, el documento de Offboarding se interpretará de conformidad con sus disposiciones imperativas.

114. Eliminación sin migración

El CLIENTE podrá solicitar, cuando contractualmente proceda, la terminación sin migración.

En ese caso se aplicarán:

preaviso;

periodo de recuperación aplicable;

eliminación;

backups;

obligaciones legales.

115. Backup después de la eliminación

La eliminación del sistema activo no implica necesariamente eliminación instantánea de todas las copias de seguridad.

Los datos podrán permanecer temporalmente en backups hasta completar el ciclo normal de retención, siempre sujetos a protección y sin uso ordinario.

116. Seguridad

Las medidas de seguridad aplicables se determinarán conforme al:

09 — Seguridad y Responsabilidad Compartida.

Podrán incluir:

hardening;

firewall;

control de accesos;

gestión de secretos;

logs;

patching;

segmentación;

cifrado;

monitorización.

117. Seguridad proporcional

Las medidas se diseñarán considerando:

riesgo;

datos;

coste;

estado de la técnica;

finalidad;

arquitectura;

requisitos legales.

La seguridad absoluta no puede garantizarse.

118. Cifrado

El cifrado podrá utilizarse:

en tránsito;

en reposo;

a nivel de volumen;

aplicación;

backup.

No se presumirá que todos los componentes están cifrados de la misma forma sin verificar la arquitectura.

119. Gestión de claves de cifrado

Cuando exista cifrado deberá definirse, cuando sea relevante:

quién controla la clave;

dónde se custodia;

cómo se recupera;

quién puede rotarla.

La pérdida de una clave no recuperable puede provocar pérdida definitiva de datos.

120. Logs de infraestructura

ACCIÓN DIGITAL podrá mantener logs relativos a:

accesos;

SSH;

servicios;

sistema;

seguridad;

errores;

cambios.

La retención dependerá del plan y obligaciones aplicables.

121. Acceso del proveedor upstream

Determinados proveedores pueden tener capacidad técnica para acceder a componentes de la infraestructura conforme a sus propias condiciones y obligaciones legales.

Cuando exista tratamiento de datos personales, esta circunstancia se gestionará dentro del marco de encargados/subencargados correspondiente.

122. Autoridades y acceso a datos

Cuando exista una solicitud de autoridad dirigida a ACCIÓN DIGITAL o a un proveedor upstream, se actuará conforme a la normativa aplicable.

ACCIÓN DIGITAL no garantiza poder informar previamente al CLIENTE cuando exista una prohibición legal.

123. Subencargados

Cuando un proveedor upstream procese datos personales por cuenta del CLIENTE a través de ACCIÓN DIGITAL, podrá tener la condición de subencargado.

Será aplicable:

13 — Subencargados

y el correspondiente DPA.

124. Cambios de subencargado

Los cambios de proveedor que afecten al tratamiento de datos personales se gestionarán conforme al procedimiento establecido en el DPA.

125. Incidentes

Cuando exista un incidente de infraestructura, ACCIÓN DIGITAL podrá realizar:

1. detección;

2. contención;

3. diagnóstico;

4. comunicación cuando proceda;

5. corrección;

6. recuperación;

7. verificación.

126. Incidente del proveedor upstream

Cuando la causa esté en el proveedor upstream, ACCIÓN DIGITAL podrá:

abrir ticket;

escalar;

realizar seguimiento;

implementar mitigaciones;

informar al CLIENTE.

No controla los procesos internos del proveedor.

127. Brechas de datos personales

Cuando un incidente afecte a datos personales será aplicable el régimen establecido en el DPA y la normativa de protección de datos.

128. Soporte

La administración de infraestructura no implica automáticamente soporte ilimitado sobre todas las aplicaciones instaladas.

El soporte se limitará al alcance contratado.

129. Software del CLIENTE

Cuando el CLIENTE instale software no gestionado por ACCIÓN DIGITAL será responsable de:

licencias;

compatibilidad;

configuración;

seguridad;

salvo que se haya contratado su administración.

130. Software de terceros

ACCIÓN DIGITAL no garantiza funcionamiento perpetuo de software externo ante:

EOL;

cambios de licencia;

incompatibilidades;

vulnerabilidades;

abandono.

131. Licencias

Las licencias comerciales necesarias podrán:

estar incluidas;

ser facturadas separadamente;

ser contratadas directamente por el CLIENTE.

La Orden deberá indicarlo cuando resulte relevante.

132. Auditoría

ACCIÓN DIGITAL podrá realizar revisiones técnicas para:

seguridad;

capacidad;

mantenimiento;

cumplimiento de AUP.

Esto no constituye una auditoría exhaustiva de seguridad salvo contratación específica.

133. Pentest

El CLIENTE no deberá ejecutar ni autorizar pruebas intrusivas contra infraestructura gestionada sin autorización previa de ACCIÓN DIGITAL y, cuando sea necesario, del proveedor upstream.

134. Vulnerabilidades

Las vulnerabilidades detectadas deberán ser comunicadas mediante el canal de seguridad correspondiente.

ACCIÓN DIGITAL podrá aplicar medidas temporales antes de completar la corrección definitiva.

135. Responsabilidad compartida

La seguridad y continuidad se basan en responsabilidad compartida.

ACCIÓN DIGITAL responde por aquello que se encuentre bajo su control y haya asumido contractualmente.

El CLIENTE responde, entre otros elementos, por:

usuarios;

dispositivos;

credenciales propias;

contenidos;

datos;

instrucciones;

software no gestionado;

accesos concedidos.

136. Cambios del CLIENTE

Cuando un cambio realizado por el CLIENTE provoque directamente:

caída;

vulnerabilidad;

pérdida;

incompatibilidad;

la reparación podrá considerarse trabajo adicional.

137. Garantías de terceros

Las garantías ofrecidas por proveedores upstream pertenecen a la relación contractual correspondiente y no amplían automáticamente las garantías asumidas por ACCIÓN DIGITAL.

138. Fuerza mayor

Será aplicable el régimen establecido en las Condiciones Generales.

Un fallo de un proveedor upstream no se calificará automáticamente como fuerza mayor.

Deberán analizarse:

causa;

previsibilidad;

obligación asumida;

redundancia contratada;

posibilidad de mitigación.

139. Limitación de responsabilidad

Será aplicable el régimen de responsabilidad de:

04 — Condiciones Generales de Servicios Tecnológicos.

Estas Condiciones no aumentan automáticamente el límite económico allí establecido.

140. Arquitectura aceptada

Cuando el CLIENTE elija expresamente una alternativa más económica después de haber sido informado de que ofrece menor:

redundancia;

disponibilidad;

capacidad;

resiliencia;

dicha elección deberá considerarse al evaluar responsabilidades directamente relacionadas con ese riesgo.

141. SLA superior

Cuando el CLIENTE requiera:

continuidad crítica;

alta disponibilidad;

RTO reducido;

RPO reducido;

soporte 24/7;

deberá contratar expresamente la arquitectura y SLA adecuados.

142. No equivalencia entre conceptos

A efectos contractuales:

VPS ≠ BACKUP BACKUP ≠ ALTA DISPONIBILIDAD ALTA DISPONIBILIDAD ≠ DISASTER RECOVERY MONITORIZACIÓN ≠ INTERVENCIÓN SNAPSHOT ≠ BACKUP INDEPENDIENTE SLA UPSTREAM ≠ SLA ACCIÓN DIGITAL

Cada función deberá contratarse expresamente cuando sea necesaria.

143. Inventario

Cuando forme parte del servicio gestionado, ACCIÓN DIGITAL podrá mantener un inventario técnico de:

hostname;

proveedor;

región;

IP;

sistema operativo;

recursos;

servicios;

backups;

responsables;

estado.

144. Documentación

La documentación podrá incluir:

arquitectura;

inventario;

accesos;

procedimientos;

diagrama;

runbook;

plan de recuperación.

Solo estará incluida en el nivel previsto en la Orden.

145. Información sensible en documentación

La documentación entregable no deberá incluir innecesariamente:

contraseñas;

private keys;

tokens;

secretos maestros.

Las credenciales deberán utilizar canales o gestores adecuados.

146. Fin del Servicio

Al finalizar podrán realizarse:

1. congelación de cambios cuando proceda;

2. exportación;

3. transición;

4. revocación de accesos;

5. cierre;

6. eliminación;

7. expiración de backups.

El detalle se regula mediante Offboarding.

147. Cuenta upstream propiedad de ACCIÓN DIGITAL

Cuando el recurso se encuentre dentro de una cuenta maestra de ACCIÓN DIGITAL, el CLIENTE no adquiere automáticamente derecho de acceso a:

otros recursos;

facturación global;

panel completo;

datos de terceros;

credenciales maestras.

La salida se realizará mediante los mecanismos de exportación o transferencia técnicamente disponibles.

148. Cuenta upstream propiedad del CLIENTE

Cuando el CLIENTE sea titular directo de la cuenta, al finalizar ACCIÓN DIGITAL:

devolverá o revocará sus accesos;

entregará la documentación contratada;

dejará de administrar el recurso.

El CLIENTE mantendrá el control contractual frente al proveedor.

149. Separación entre clientes

Cuando ACCIÓN DIGITAL gestione recursos de varios clientes deberá aplicar medidas razonables para evitar acceso no autorizado entre entornos.

La arquitectura de aislamiento dependerá del servicio contratado.

150. Infraestructura dedicada por cliente

Cuando el SOW establezca:

1 CLIENTE = 1 VPS

dicho VPS se asignará al entorno del CLIENTE correspondiente.

Esta separación lógica no implica que el hardware físico del datacenter sea dedicado salvo contratación específica.

151. Reutilización de infraestructura

ACCIÓN DIGITAL no reutilizará deliberadamente un entorno terminado con datos de un CLIENTE para otro CLIENTE sin realizar previamente los procesos adecuados de eliminación o reprovisionamiento.

152. Destrucción segura

Cuando resulte aplicable, la eliminación se realizará mediante los mecanismos técnicos disponibles en el proveedor y conforme al nivel de riesgo.

En infraestructura virtualizada, ACCIÓN DIGITAL puede no controlar la destrucción física directa de soportes pertenecientes al proveedor upstream.

153. Cambios regulatorios

Si una modificación normativa exige adaptar:

ubicación;

contratos;

seguridad;

portabilidad;

proveedores;

documentación;

podrá ser necesario modificar el Servicio.

Los trabajos adicionales se gestionarán conforme al procedimiento de cambio cuando legalmente proceda.

154. Normativa de alojamiento e intermediación

Cuando ACCIÓN DIGITAL tenga jurídicamente la condición de prestador de servicios de alojamiento o intermediación, se aplicarán las obligaciones y regímenes de responsabilidad establecidos por la normativa aplicable.

155. Normativa de servicios de procesamiento de datos

Cuando el Servicio encaje dentro del concepto legal de servicio de procesamiento de datos, serán aplicables las disposiciones imperativas correspondientes del Reglamento (UE) 2023/2854 y demás normativa vigente.

Estas Condiciones deberán interpretarse de manera compatible con dichas obligaciones.

156. Modificaciones

Las nuevas versiones de estas Condiciones se aplicarán conforme al régimen establecido en las Condiciones Generales.

Una nueva versión pública no altera automáticamente contratos vigentes con carácter retroactivo.

157. Legislación

Estas Condiciones se regirán por la legislación indicada en las Condiciones Generales, incluyendo las normas de la Unión Europea directamente aplicables cuando corresponda.

158. Contacto

ACCION DIGITAL LOCAL S.L.

NIF B75510008

Avinguda de les Glòries Catalanes, 62, Bloc B, Can Palet

08223 Terrassa, Barcelona

España

Email: info@acciondigital.es

Versión: 1.0

Fecha: 7 de agosto de 2026

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